Test CULTURA GENERAL 20 preguntas


El Municipio. Concepto y Elementos. | Temas Online TemasyTEST

El Municipio. Concepto y Elementos. | Temas Online TemasyTEST


 

El municipio constituye la entidad local básica de la organización territorial del Estado español y el cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos.

1. Concepto

Según el artículo 137 de la Constitución Española de 1978, el Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas, todas ellas con autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), en su artículo 1, define con precisión el municipio como:

 

«Entidad básica de la organización territorial del Estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos, a través del cual se institucionalizan y gestionan los intereses propios de las colectividades».

Doctrinalmente se le define como un ente público menor, territorial y primario:
  • Público: titular de potestades públicas.
  • Territorial: posee un territorio propio y delimitado.
  • Primario: es la unidad básica de organización territorial de la población.
El municipio goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines (art. 1 LRBRL). Es, por tanto, una corporación de derecho público con autonomía política, administrativa y financiera.2. Elementos del MunicipioEl artículo 11.2 de la LRBRL establece expresamente que son elementos del municipio los siguientes tres:

a) El Territorio (Término municipal)

  • Es el elemento físico o espacial del municipio.
  • Constituye el ámbito donde el Ayuntamiento ejerce sus competencias.
  • Debe ser continuo (aunque se permiten excepciones históricas reconocidas de discontinuidad).
  • Todo municipio pertenece a una sola provincia.
  • Las alteraciones del término municipal (creación, fusión, segregación, incorporación o supresión) se regulan por Ley de las Comunidades Autónomas y requieren audiencia de los interesados y dictamen del Consejo de Estado o equivalente autonómico.
b) La Población
  • Es el elemento humano del municipio.
  • Está integrada por los vecinos (personas inscritas en el Padrón Municipal de habitantes).
  • No basta con residir; se requiere la inscripción en el padrón para adquirir la condición de vecino y ejercer derechos y deberes municipales.
  • La población es el sujeto de los intereses colectivos que el municipio gestiona.
c) La Organización
  • Es el elemento jurídico-político o institucional.
  • Se materializa en el Ayuntamiento, que es el órgano de gobierno y administración del municipio.
  • Incluye los órganos necesarios:
    • Alcalde (presidente).
    • Pleno (órgano colegiado deliberante).
    • Junta de Gobierno Local (en municipios de cierta población).
  • Y órganos complementarios (comisiones, concejales delegados, etc.).
  • La organización transforma la simple comunidad de vecinos en una entidad capaz de actuar jurídicamente y gestionar sus intereses con autonomía.
Estos tres elementos deben concurrir necesariamente para que exista un municipio. Sin territorio no hay ámbito de actuación; sin población no hay colectividad que representar; sin organización no hay capacidad para actuar como ente público.En resumen, el municipio es la institución más cercana al ciudadano, donde se materializa la autonomía local reconocida constitucionalmente y donde se prestan los servicios públicos más inmediatos (alumbrado, limpieza, urbanismo, etc.). Su regulación básica se completa con la legislación autonómica y los reglamentos orgánicos de cada Ayuntamiento.

Visitas Hoy.: 3319 :: (3961 Visitas Previstas) :: Total visitas desde 01/04/2009.: 39513737

Aviso Legal :: Reglas de Participacion :: Politica de consentimiento de usuarios