autor.: cejuanjo
Remitido el 15-10-07 a las 08:59:15 :: 30731 lecturas
I. Cambio de bombillas, tubos fluorescentes, cebadores y fusibles, teniendo en cuenta que en caso de tener que utilizar una escalera deberán ser como mínimo dos los conserjes que realicen la labor y que no suponga ningún peligro para el conserje o usuarios.
II. Llevar el registro de incidencias del Diario del Edificio, donde aparte de anotar las anomalías y reparaciones realizadas, también se anotará el control de la empresas contratadas por el Ayuntamiento que vayan a realizar sus servicios (alarma, extintores, limpieza, plagas y otros) guardando los conserjes en su centro los partes, e informando y haciendo llegar copia del parte al responsable técnico municipal en caso de existir incidencias en el servicio.
III. Control de los recintos con contadores, motores de energía eléctrica, calderas y circulación de gas, manteniéndolos siempre cerrados y no permitiendo la entrada de personas no autorizadas por el Ayuntamiento.
IV. Cambio de las cadenas de las cisternas de los lavabos.
V. Procurará que las luces de pasillos, escaleras y aseos no estén encendidas innecesariamente con el fin de evitar un consumo excesivo.
VI. Ajustará grifos y desagües.
VII. Desembozará los lavabos, urinarios y váteres. Limpiará la parte exterior de los colectores en caso de lluvia y desembozará las bajantes de las canales por su parte inferior.
VIII. Control periódico del buen funcionamiento de grifos, váteres, duchas en general, para evitar un consumo innecesario de agua, dando aviso si fuese necesario y del mobiliario del centro.
IX. Control periódico de lámparas, enchufes, pantallas de luz, focos escenarios e interruptores. Dando aviso si fuese necesario.
X. Cambiará en caso de suma urgencia pomos y cerraduras, y también engrasará cerraduras, picaportes, cerrojos y bisagras. Repa¬rará las puertas de las aulas o despachos, cerraduras exteriores, persianas del centro, siempre que esté a su alcance y disponga del mate¬rial necesario.
XI. Vigilará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la limpieza de la instalación (servicio contratado con terceros) e infor¬mará al Ayuntamiento de cualquier incumplimiento al respecto.
XII. Colocación cuadros, perchas, masillando o tapando agujeros de anteriores cuadros o perchas.
XIII. En instalaciones en las que existan zonas ajardinadas y/o arbolado, los conserjes se limitarán a su riego (si no existiese asper¬sión o goteo) y a la retirada de posibles ramas rotas. Se dará parte a los servicios técnicos municipales para atender al mantenimiento específico (servicio contratado a terceros).
XIV. En los centros que exista calefacción central, al principio de la jornada laboral, cuando las condiciones climatológicas así lo exijan, deberá poner en funcionamiento la calefacción del centro. Si durante la jornada observa que el centro se encuentra suficiente¬mente caldeado, procederá a desconectar la calefacción con la finalidad de ahorrar energía.
Esta decisión respetará las medidas de seguridad establecidas legalmente. (El/la contratista encargado de su mantenimiento deberá informar al conserje del manejo de la calefacción).
XV. Repintar las pintadas, peladuras, rayas o rozaduras que se hayan podido producir dentro del centro. Pintar, en caso de repara¬ción, el lugar afectado.
6.13. Los conserjes deben conocer las herramientas necesarias para realizar pequeñas reparaciones de fontanería, electricidad, car¬pintería, albañilería, etc. Las reparaciones más frecuentes en estos centros son:
Fontanería: cambiar lavabos, grifos, llaves de paso de cisternas, brazos y rociadores de duchas, cisternas, gomas de enchufe, bajan¬tes y tornillos de los váteres.
Reparar fuentes; descalcificación de rociadores de duchas; reparación de inodoros; cambio de descargas intermitentes; control de presión de bombas de agua; regulación de presostatos.
Electricidad: cambio de bombillas y fluorescentes en pantallas grandes; localización y reparación de averías eléctricas sencillas; cambio de enchufes e interruptores, portalámparas y bombillas de farolas; montaje de alargadores.
Para que los conserjes puedan desempeñar las tareas reflejadas anteriormente, deberán disponer del material y herramientas nece¬sarias en la instalación. Será responsabilidad de los superiores jerárquicos el aprovisionamiento del material, debiendo comunicar los conserjes las carencias de herramientas o material que puedan tener.
Los conserjes anotarán en los partes de mantenimiento, las tareas a realizar que no sean de su competencia.
Los conserjes se comprometen a mantener en buen estado de conservación y en condiciones de ser utilizados en cualquier momento los materiales recibidos para el ejercicio de sus funciones.
No será imputable al conserje la no ejecución de su trabajo cuando no se le faciliten los medios para efectuarlo, tras haber comuni¬cado la carencia de los mismos.
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