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Interdicción de la Arbitrariedad
Derecho Constitucional
(Síntesis Tesis Doctrinales)
Principio constitucional. El término interdicción se corresponde con la acción de interdecir, es decir: prohibir o vedar. La noción de arbitrario se identifica con la de voluntad no sujeta a la razón o a la norma. La interdicción de la arbitrariedad supone por tanto la prohibición de que los poderes públicos actúen sin sujeción a la razón o a la norma.