Remitido el 18-03-10 a las 09:29:32 :: 12 lecturas
Se trata de liquidar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al derecho de propiedad sobre una plaza de garaje situada en inmueble distinto al del domicilio de su titular catastral. Los datos corresponden al año 2009 y son:
a) Valor catastral, 50.000 euros
b) Año de revisión del municipio, 2001
c) Tipo aprobado por el Ayuntamiento, 1,02%
Los aspectos fundamentales del procedimiento los podéis sacar de este artículo.
Respuestas
2
titulo.: PETER
autor.: FALTAN DATOS
Remitido el 29-03-10 a
las 07-15-30
He revisado los cálculos y creo que los he realizado bien.
En el supuesto puesto al principio faltan datos, como podría ser la base liquidable del ejercicio 2001.
titulo.: Comentarios
autor.: cejuanjo
Remitido el 29-03-10 a
las 09-44-38
Vamos a ver.
Yo pongo que el primer año sale 8.400 (base liquidable) x 0,85 / 100 (tipo de gravamen) = 71,4 euros. Tu en la tabla (es un problema que esto no pueda reproducir las tablas) pones la expresiòn 1999 0,9 3600 8400 0,85% 71,4
Es decir: en los dos casos sale lo mismo, 71,4 euros.
Si yo tuviera algo mal no me saldrían 71,4 euros.
Luego a partir de ahí si tú lo tuvieras bien el último año de los nueve te coincidiría (o casi, a mi me sobra una peseta en el ejemplo) Porque la gracia del procedimiento está precisamente en que al cabo de esos nueve años las cuotas se igualan.
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