He encontrado éste que afortunadamente está adaptado a la nueva normativa y que te será de gran utilidad. Resuélvelo y cuelga tus suluciones:
SUPUESTO PRACTICO AYUNTAMIENTO ALICANTINO
Don Xavier Ripoll es vecino del municipio alicantino de Agost (Alicante) siendo la causa de ello el hecho de haber contraído matrimonio con María Mercedes Ortolá Martínez hija de Francisco Ortolá Silvestre natural de Penáguila y de Eduvigis Martínez Pérez de León y Bermúdez de Castro y Francisco natural de Campo de Criptana.
María Mercedes Ortolá se encontraba en la cola de Mercadona cuando en modo intempestivo y a todas luces impropia doña Sara Ripoll Ortolá – prima y empleada del Ayuntamiento con la categoría de auxiliar administrativo - se anticipa al pago a la cajera argumentando en forma nerviosa y precipitada que tenía importantes trámites que resolver en el Ayuntamiento de Agost que insistimos se encuentra en la provincia de Alicante.
Semejante hecho trae consigo que María Mercedes se persone en el Consistorio Alicantino al objeto de presentar la oportuna reclamación interponiendo recurso que es desestimado por la propia Sara
Cuestiones que se plantean
1.- Límites a la creación de nuevos municipios en la provincia de Alicante, según la Ley 7/85 de Bases de Régimen local.
2.- Requisitos que debe reunir una solicitud de iniciación de un procedimiento sancionador a instancia de parte en un municipio de la provincia de Alicante, según el asunto planteado en los hechos precedentes.
3.- ¿Existe conflicto jurisdiccional propio o impropio conforme a los hechos que se suscitan en Mercadona entre la empleada pública y doña María Mercedes?
4.- Enumere las formas de terminación del procedimiento administrativo alicantino.
5.- Si Mercadona es parte ¿en qué expedientes el derecho de acceso alicantino no puede ser ejercido por María Mercedes?