Remitido el 11-06-10 a las 07:00:00 :: 826 lecturas
La empresa X dejó pasar el período voluntario del IAE que finalizaba el 20 de diciembre de 2008, sin haber satisfecho la cuota de 1.650 € que le correspondía.
La providencia de apremio le fue notificada el 7 de febrero de 2009, habiendo satisfecho la deuda el 15 de junio de 2009.
¿Qué importe tuvo que satisfacer?
Duda: en este caso qué interés legal se aplica?
Supongamos:
- Año 2008: 7%
- Año 2009:
del 01/01/2009 al 31/03/2009: 6%
del 01/04/2009 al 31/12/2009: 5%
No sé si se tiene en cuenta para tomar el interés de referencia el día en que comienzan a devengarse intereses, es decir, el día 21 de diciembre de 2008. O el día en que recibe la providencia o el día en que paga.
Si pudieráis sacarme de dudas... Gracias
Respuestas
2
titulo.: RE.: Supuesto Recaudación
autor.: pelirroja
Remitido el 12-06-10 a
las 07-22-07
Hola Silvis, he visto que has pasado lo de Suma...qué bien, eh? Yo intentaré presentarme a la próxima convocatoria. También estaba interesada en lo de Diputación d Valencia, y la de Castellón, así que ya comentas como van esas oposiciones, qué piden, cuándo convocan y todo eso, vale? Te lo agradecería mucho.
Bueno, vamos al caso, creo que tendría que pagar la cuota (1650€)+ recargo de apremio ordinario (1650 x 20%) + intereses de demora por todo el periodo ejecutivo, es decir, desde el 21 de diciembre de 2008 hasta el 15 de junio de 2009. Pero ahora pregunto yo...¿cómo calculas los intereses con capitalización simple o compuesta? Supongo que con compuesta: "cuantía x (1+interés)elevado al tiempo"... creo que entiendes lo que quiero decir, no???
titulo.: RE.: Supuesto Recaudación
autor.: silvia
Remitido el 13-06-10 a
las 01-19-22
Vaya, te había respondido y no veo que no ha salido.
Repetiré más o menos:
Gracias por la enhorabuena, casi no paso pero bueno, me alegro de poder hacer el segundo examen. Respecto a la oposición de Valencia también será la primera vez que me presente. Sé que la anterior convocatoria fue de 2005. Mucho tiempo entre una y otra. Y pedir, piden lo mismo que en suma: Graduado escolar. Lo bueno es que en esta convocatoria no hay méritos.
Respecto al ejercicio. No se hace por interés compuesto. La resolución con un sólo tipo de interés por todo el período, según los supuestos que tengo, se calcula de la siguiente forma (supongamos interés de demora 5%):
deuda = 1.650 + recargo + 1.650*nºdías/365*5%
Pero bueno, mi duda es qué hacer cuando hay varios intereses en el período. Supongo que calcularán los días que correspondan a cada tipo y se hará el mismo cálculo tantas veces como intereses distintos haya.
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