[T] Comentarios sobre Novedades Procedimiento y Régimen Jurídico del Sector Público [01] Certificados, copias compulsadas, copias selladas y copias auténticas de documentos en la Administración Pública
autor.: OneNay
Remitido el 28-10-16 a las 11:07:14 :: 901 lecturas
En el Test: Novedades Procedimiento y Régimen Jurídico del Sector Público [01] Certificados, copias compulsadas, copias selladas y copias auténticas de documentos en la Administración Pública:
Verificar las respuestas 3 y 5 las dos son b (porque da error, ya que aparece n como respuesta correcta).
También verificar la respuesta 9, a mi parecer la correcta es b.
Adjunto definiciones según DECRETO 1/2015, de 22 de enero, por el que se regula la expedición de certificados, copias compulsadas, copias selladas y copias auténticas de documentos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
Artículo 2.- Definiciones. A los efectos del presente Decreto se entiende por:
a) Certificación: acto administrativo de declaración formal por el que un órgano administrativo o personal funcionario constata los extremos, datos y contenidos de los documentos obrantes en un expediente administrativo o, en su caso, de los correspondientes datos inscritos en un registro público.
b) Certificado: documento de constatación externa en el que se materializa el acto administrativo de certificación.
c) Cotejo: acción de comparar una copia de un documento con otro, con el objeto de comprobar que son idénticos.
d) Compulsa: actuación administrativa, consistente en el cotejo o la comprobación de que una copia se corresponde con su original, que lleva a poder afirmar que la misma es exacta, sin que en ningún caso acredite la autenticidad del documento original.
e) Copia compulsada: reproducción de un documento público o privado sobre el que el empleado público ante el que se presenta hace constar, previo cotejo, su coincidencia exacta con el original del que es copia.
f) Sellado simple: actuación administrativa consistente en la expedición, previo cotejo y a petición de los ciudadanos, de copia sellada de los documentos que presenten.
g) Copia sellada: reproducción de un documento, ya sea original o copia que, previo cotejo, acredita su presentación en los registros de los órganos y entidades incluidos en el ámbito de aplicación de este Decreto.
h) Copia auténtica: reproducción exacta de un documento que acredita su autenticidad no solo desde la perspectiva de la identidad de la copia con el original sino que, además, tiene efectos certificantes en cuanto garantiza la autenticidad de los datos contenidos en este último, y tiene su misma validez y eficacia.
Espero sea de ayuda, buen día
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