Don ABC compra una vivienda a Don ZYX el 30 de noviembre de 2008 y se transfiere la propiedad mediante escritura pública otorgada por el propietario Don Miguelín Marichúns el 4 de abril de 2009.
1.- ¿Quien debe comunicar a SUMA el cambio de titularidad?
2.- ¿Quien deberá pagar el IBI devengado en 2008?
3.- ¿Quien deberá pagar el IBI devengado en 2009?
4.- ¿Se prorratea la cuota del IBI?
Respuestas
1
titulo.: respuesta supuesto
autor.: munena
Remitido el 16-04-10 a
las 04-23-15
Tanto el comprador como el vendedor podran comunicar en cualquier oficina de Suma el cambio de titularidad, presentando fotocopia del DNI, original y copia de escritura y ultimo recibo del IBI. Si quien lo comunica es el comprador, puede domicilar el pag presentando ademas copia de cuenta bancaria donde sea titular.
El IBI del 2008 y el del 2009 lo pagara el vendedor puesto que es el titular del inmueble a fecha 1 de enero, el comprador pagara a partir del 2010.
Si se vende un inmueble a l largo del año el obligado al pago es el vendedor, pues no existe prorrateo alguno.
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