[T] Pregunta de un Test del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
autor.: Angela
Remitido el 16-02-11 a las 07:59:46 :: 786 lecturas
Hola, tengo una duda en una pregunta de los test de Juanjo, la respuesta correcta es que no es un supuesto de no sujección al IVTNU la transmisión de la propiedad de un terreno del cónyuge al patrimonio del otro cónyuge constante el matrimonio. Significa esto que están casados y que el regimen económico matrimonial es el de separación de bienes y por eso está sujeta esta transmisión? porque si no es este régimen matrimonial sino el de gananciales, ¿seria aportación a la sociedad conyugal y por lo tanto no estaría sujeto? Por favor aclararme también en esta parte de la ley "transmisiones que se hagan a los conyuges en pago de sus haberes comunes" lo de pago de haberes comunes. Gracias
Respuestas
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titulo.: Re.: Pregunta IVTNU
autor.: cejuanjo
Remitido el 17-02-11 a
las 09-25-21
Hola Angela
En el primer caso estamos hablando de una relación entre los patrimonios privativos de cada uno de los cónyuges. Dicha relación viene a quedar determinada por la salida de un bien del patrimonio privativo de uno que pasa a formar parte del patrimonio privativo del otro. Y esta relación puede darse tanto si el régimen económico del matrimonio es el de separación de bienes, como si es el de participación o la sociedad de gananciales.
Así hay que tener en cuenta que en la sociedad de gananciales de Derecho Común dicha sociedad no subsume el patrimonio de cada uno de los cónyuges a diferencia de lo que ocurre en algunos regímenes semejantes contemplados por los derechos forales o consuetudinarios, como el Fuero de Vizcaya o el de Baylio.
Luego lo de los haberes comunes el matiz es interesante porque va más allá del régimen económico del matrimonio. Evidentemente el marco más propicio para hablar de un haber común es la sociedad de gananciales pero también en otros regimenes economicos matrimoniales existe un haber común. El haber común es aquello con lo que de consuno responden los cónyuges a la atención de las cargas familiares, que en el caso de la sociedad de gananciales serán las ganancias o incrementos patrimoniales obtengan los dos y en el de separación de bienes será aquello con lo que en proporción a sus respecivos ingresos aporte cada uno. Pero haber común siempre hay.
titulo.: Re.: Pregunta IVTNU
autor.: Angela
Remitido el 17-02-11 a
las 10-58-11
Si no te he entendido mal, está sujeta al IVTNU la transmisión porque dices en el test que es del patrimonio de un conyuge al patrimonio del otro y no se habla de sociedad conyugal ni de haberes comunes. Gracias
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