Remitido el 10-02-17 a las 09:54:33 :: 716 lecturas
Hola,
Según artículo 65 RBEL el acuerdo resolutorio de deslinde será ejecutivo y solo podrá ser impugnado en vía c-a.
Primera pregunta: ¿cabría imponer el potestativo de reposición?
Segunda: el acuerdo resolutorio de deslinde será ejecutivo. Vale. Pero ¿qué pasa si por ejemplo eres interesado y no se te ha notificado? ¿Cómo se recurre eso?
Gracias
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