titulo.: R.D se deroga
autor.: Invitad@
Remitido el 09-01-24 a
las 04-55-34
Buenos días.
Sí, un real decreto que deroga un real decreto anterior significa que ese real decreto anterior queda anulado. La derogación es una figura jurídica que implica la pérdida de vigencia de una norma jurídica. En el caso de los real decretos, la derogación puede ser expresa o tácita.
En el caso de la derogación expresa, la norma derogatoria lo indica expresamente, señalando que el real decreto anterior queda derogado. En el caso de la derogación tácita, la norma derogatoria introduce una regulación incompatible con la del real decreto anterior, lo que lleva a la pérdida de vigencia de este último.
En el caso concreto del Real Decreto 2817/1983, de 13 de octubre, y el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, el segundo deroga expresamente al primero. En el artículo 1 del Real Decreto 3484/2000, se establece que "se deroga el Real Decreto 2817/1983, de 13 de octubre, por el que se regula la instalación y funcionamiento de las estaciones de servicio en las carreteras del Estado".
Por lo tanto, el Real Decreto 2817/1983, de 13 de octubre, queda anulado desde la entrada en vigor del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre.
Espero que esta información te sea de ayuda.
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