titulo.: Objeto reforma Constitución
autor.: TemasyTEST
Remitido el 30-03-25 a
las 01-56-28
Entiendo tu confusión, la respuesta correcta es la a) y te explico por qué:
La disolución de las Cortes Generales no es un objeto de reforma constitucional, sino una facultad que corresponde al Presidente del Gobierno, según lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Española. Es un acto político, no una modificación del texto constitucional.
La modificación del texto constitucional es, por definición, el objeto principal de una reforma constitucional. Los artículos 167 y 168 de la Constitución regulan los procedimientos para llevar a cabo dichas modificaciones.
La derogación de la Constitución se considera una reforma total, un cambio profundo en el ordenamiento jurídico. Aunque no es lo habitual, teóricamente, podría ser objeto de una reforma constitucional mediante el procedimiento agravado del artículo 168.
La reforma de la Constitución si tiene objeto y este es modificar, parcial o totalmente, el texto de la constitución.
En resumen, la clave está en que la disolución de las Cortes es un acto político separado del proceso de reforma constitucional.
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