titulo.: Patrimonio de las AA.PP
autor.: TemasyTEST
Remitido el 15-07-24 a
las 10-41-18
Procedimientos de adjudicación para chiringuitos en Motril
El Ayuntamiento de Motril, para la adjudicación de chiringuitos en la Playa, puede optar por dos procedimientos principales:
1. Concesión administrativa:
Fundamentación: Es la fórmula más común para otorgar el uso privativo del dominio público marítimo-terrestre, como es el caso de las playas. Se basa en un acto administrativo unilateral del Ayuntamiento, previo procedimiento público de concurrencia competitiva, donde se valoran los méritos de los interesados y se selecciona la oferta más ventajosa para el interés público.
Características:
Se rige por la Ley de Costas y su Reglamento General.
Implica la obtención de una licencia administrativa por parte del adjudicatario.
Permite establecer un canon o tasa por la ocupación del dominio público.
2. Contrato de arrendamiento:
Fundamentación: Se configura como una alternativa a la concesión administrativa, especialmente cuando se busca una mayor flexibilidad en la gestión del chiringuito. Se basa en un acuerdo bilateral entre el Ayuntamiento y el adjudicatario, con las condiciones pactadas en el contrato.
Características:
Se rige por las normas del Derecho Administrativo y, en lo supletorio, por las normas del Derecho Civil.
No implica la transmisión de la titularidad del dominio público, sino solo su uso y disfrute temporal.
Permite establecer una renta por el arrendamiento del espacio.
Elección del procedimiento:
La elección entre concesión administrativa o contrato de arrendamiento dependerá de diversos factores, como la duración del uso pretendido, la inversión necesaria para la instalación del chiringuito, la previsión de futuras actuaciones en la zona, etc. El Ayuntamiento deberá analizar estos aspectos y elegir la fórmula que mejor se adapte a las características del caso.
Fórmula para autorizar el espacio público de playa
Independientemente del procedimiento elegido, el Ayuntamiento deberá utilizar una fórmula que garantice la concurrencia competitiva, la transparencia y la igualdad de oportunidades entre los interesados. Las fórmulas más comunes son:
Concurso público: Es el procedimiento ordinario, donde se presenta un pliego de condiciones que establece las bases para la adjudicación, valorando criterios objetivos como la experiencia, la propuesta económica o el proyecto de negocio.
Subasta: Se utiliza cuando el principal criterio de valoración es la oferta económica. Los interesados pujan por el canon o renta a pagar por la ocupación del espacio público.
Concurso-subasta: Combina elementos de ambos procedimientos, valorando tanto criterios cualitativos como cuantitativos.
Plazo máximo de duración
El plazo máximo de duración de la fórmula utilizada dependerá de lo establecido en la Ley de Costas y en el Plan de Usos y Gestión del Dominio Público Marítimo-Terrestre del Ayuntamiento de Motril. En general, los plazos máximos suelen oscilar entre 10 y 20 años, aunque pueden ser prorrogables en determinados casos.
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