titulo.: Principios inspiradores de la Constitución
autor.: Invitad@
Remitido el 16-07-25 a
las 04-30-44
La Constitución Española de 1978 se inspira en varios principios fundamentales que configuran el modelo de Estado y la convivencia democrática en España. Los más destacados son:
1. Valores Superiores del Ordenamiento Jurídico (Artículo 1.1 CE):
Libertad: Como pilar esencial para el desarrollo de la persona y la sociedad.
Justicia: Como aspiración de un orden social equitativo.
Igualdad: Ante la ley, sin discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Pluralismo Político: Que se manifiesta en la diversidad de ideas y la existencia de partidos políticos, sindicatos y asociaciones.
2. Estado Social y Democrático de Derecho (Artículo 1.1 CE):
Estado de Derecho: Implica el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular, la sumisión de los poderes públicos a la Constitución y a las leyes, y la garantía de la seguridad jurídica. Incluye principios como la legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, y la responsabilidad de los poderes públicos.
Estado Social: Significa que el Estado asume la obligación de garantizar el bienestar y la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas de los ciudadanos, promoviendo las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.
Estado Democrático: Se basa en la soberanía nacional que reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado. Se garantiza la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.
3. Unidad de la Nación Española y Autonomía de Nacionalidades y Regiones (Artículo 2 CE):
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.
Al mismo tiempo, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.
Establece el principio de solidaridad entre todas ellas.
4. Dignidad de la Persona y Derechos Fundamentales (Artículo 10.1 CE):
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son el fundamento del orden político y la paz social.
La Constitución reconoce un amplio catálogo de derechos y libertades fundamentales, con mecanismos de protección específicos para garantizar su efectividad.
En resumen, la Constitución Española busca garantizar la convivencia democrática, consolidar un Estado de Derecho, proteger a todos los españoles en el ejercicio de los derechos humanos y sus culturas, y promover el progreso social y económico para asegurar una digna calidad de vida para todos.
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