titulo.: Si un delito de estafa y falsificacion documental , prescribe pero la persona afectada no sabia nada, se puede retomar de alguna forma?
autor.: TemasyTEST
Remitido el 06-08-25 a
las 10-03-57
En España, si un delito de estafa y falsificación documental prescribe, no se puede retomar de ninguna forma. La prescripción de un delito es una causa de extinción de la responsabilidad penal. Esto significa que una vez que el plazo de prescripción ha transcurrido, el Estado pierde la capacidad de perseguir y castigar al autor del delito, independientemente de que la víctima lo supiera o no.
¿Por qué ocurre esto?
La prescripción tiene como fundamento jurídico la seguridad jurídica. Se busca evitar que una persona pueda ser juzgada por un delito cometido hace mucho tiempo. Se asume que con el paso del tiempo las pruebas pueden desaparecer o volverse menos fiables, y la alarma social generada por el delito se reduce.
El papel de la víctima
El hecho de que la víctima no supiera de la existencia del delito no interrumpe el plazo de prescripción. La ley establece plazos fijos que comienzan a contar desde el día en que se comete el delito. Para que el plazo se interrumpa, se requiere que se inicie un procedimiento judicial contra el autor del delito (por ejemplo, con la interposición de una denuncia o querella).
¿Cuál es el plazo de prescripción?
Los plazos de prescripción dependen de la gravedad del delito. Para la estafa y la falsificación documental, es necesario analizar el caso concreto para determinar el plazo. A modo de ejemplo, para una estafa con una pena de prisión de 1 a 3 años, el plazo de prescripción es de 5 años. Sin embargo, si la pena fuera superior, el plazo sería mayor.
¿Qué podría haber hecho la víctima?
La ley española, en el caso de la estafa, establece la posibilidad de que la víctima interponga una denuncia o querella desde el momento en que tiene conocimiento de los hechos. Esta acción interrumpe el plazo de prescripción, y lo vuelve a poner en marcha desde cero en el momento en que el proceso judicial se paraliza.
En resumen, la ignorancia de la víctima no es un motivo para detener la prescripción. Una vez que un delito prescribe, la justicia penal ya no puede actuar. Si usted se encuentra en una situación similar, lo más recomendable es que consulte con un abogado para que analice su caso en particular y le informe sobre las posibilidades que le quedan, si las hay.
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