titulo.: Según la ley actual de la función pública valenciana.....
autor.: TemasyTEST
Remitido el 09-05-25 a
las 01-17-18
Sí, según la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, la reasignación de efectivos puede ser una medida que facilite el reingreso al servicio activo en determinados casos. A continuación, se detalla el contexto basado en la normativa:
Reingreso al servicio activo: El artículo 166 de la Ley 4/2021 establece los criterios generales para el reingreso al servicio activo de los funcionarios que se encuentren en situaciones administrativas distintas al servicio activo (como excedencia forzosa, expectativa de destino o suspensión de funciones). Para aquellos que no tengan reserva de puesto de trabajo, el reingreso se efectúa principalmente mediante:
Participación en convocatorias de concurso o libre designación para la provisión de puestos de trabajo.
Reasignación de efectivos, especialmente para funcionarios en situación de expectativa de destino o excedencia forzosa.
Reasignación de efectivos: El artículo 127 de la Ley 4/2021 regula la reasignación de efectivos como una medida de movilidad forzosa del personal funcionario de carrera. Esta medida permite a la Administración reubicar a los funcionarios para atender necesidades del servicio, ajustando los recursos humanos disponibles a las demandas organizativas. En este contexto, la reasignación puede ser utilizada para reincorporar a funcionarios al servicio activo, especialmente si están en situaciones como expectativa de destino o excedencia forzosa, asignándolos a un puesto de trabajo vacante que se ajuste a su perfil.
Casos específicos:
Para los funcionarios en expectativa de destino (artículo 162 y 163), la reasignación de efectivos es una vía explícita para el reingreso, ya que estos funcionarios no tienen un puesto asignado y la Administración puede reubicarlos según las necesidades del servicio.
En el caso de la excedencia forzosa (artículo 160 y 161), la normativa también contempla la reasignación como un mecanismo para el reingreso, priorizando a estos funcionarios en la asignación de puestos de nivel igual a su grado personal.
Además, la Ley 5/1994 (modificación parcial de la normativa anterior) ya mencionaba la reasignación de efectivos como una vía para el reingreso de funcionarios en excedencia forzosa o en expectativa de destino, lo que refuerza su aplicación en la normativa actual.
Condiciones y procedimiento: La reasignación de efectivos está sujeta a las necesidades del servicio y puede ser obligatoria en algunos casos (por ejemplo, dentro de la misma provincia) o voluntaria (si implica cambio de provincia). Además, los planes de empleo que incluyen reasignaciones deben negociarse con las organizaciones sindicales, según la disposición adicional quinta de la Ley 5/1994.
Conclusión: La reasignación de efectivos es, efectivamente, una medida contemplada en la Ley de la Función Pública Valenciana para efectuar el reingreso al servicio activo, especialmente para funcionarios en situación de expectativa de destino o excedencia forzosa. Esta medida permite a la Administración reubicar al personal en puestos vacantes acordes con su perfil, garantizando la continuidad del servicio público y la reincorporación del funcionario.
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