[P] duda sobre el apartado 1 y 2 del artículo 90 del LEBEP
autor.: ABCDE
Remitido el 23-06-20 a las 09:54:48 :: 713 lecturas
buenas tardes, haber si podeis ayudarme. el apartado 1º del articulo 90 del LEBEP dice:"La suspensión determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de 6 meses" y seguidamente el apartado 2º dice: "La suspensión firme por sanción disciplinaria no podrá exceder de 6 años". Mi pregunta es si el despido se produce a los 6 meses, ¿A que se refieren esos 6 años?,la unica conclusión que he sacado es que pudiera ser que ¿durante esos 6 años no puede ejercer ningun puesto en la función publica incluido el presentarse a procesos selectivos?, es que no se me ocurre otra cosa, por favor decirme si es a eso a lo que se refiere estos apartados o por el contrario estoy equivocada, porque si es así no le encuentro sentido, ¡¡la verdad!!
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