[P] Personal funcionario de carrera no docente (APF-01 Subalternos): orden y calendario de concurso de traslados y OPE
autor.: Invitado
Remitido el 18-01-26 a las 09:25:25 :: 745 lecturas
En relación con el personal funcionario de carrera no docente de la Generalitat Valenciana (cuerpo APF-01, subalternos), y partiendo de lo dispuesto en el artículo 114.12 de la Ley 4/2021 —que establece con carácter general el concurso de traslados previo a la oferta de puestos al personal de nuevo ingreso—, me surge una duda práctica sobre el calendario real de los procesos.
En una OPE masiva prevista para 2026 (en torno a 500 plazas de subalternos), teniendo en cuenta que:
el concurso de traslados del cuerpo APF-01 no figura en la planificación semestral publicada para enero-junio de 2026,
la oposición aún no está formalmente convocada (no hay bases publicadas),
y se trata de plazas estructurales de la RPT,
quisiera preguntarle:
1. Si, desde el punto de vista jurídico-administrativo y de la práctica habitual en la Generalitat, la ausencia del concurso en la planificación semestral impide o dificulta que pueda convocarse dentro de ese periodo, o si dicha planificación tiene un carácter meramente orientativo y flexible.
2. Si, en su experiencia, en procesos de este volumen la Administración suele respetar de forma estricta el carácter previo del concurso de traslados, o si es frecuente que recurra a soluciones transitorias (destinos provisionales, concursos diferidos, etc.) aun tratándose de plazas estructurales.
Respuestas
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titulo.: Personal funcionario de carrera no docente (APF-01 Subalternos): orden y calendario de concurso de traslados y OPE
autor.: TemasyTEST
Remitido el 18-01-26 a
las 12-14-38
La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, en su artículo 114.12, establece con carácter general que, antes de ofertar puestos al personal de nuevo ingreso (tanto en turno libre como otros accesos), debe realizarse un concurso de traslados entre el personal funcionario de carrera del mismo cuerpo/escala (en este caso APF-01 subalternos). Este precepto busca priorizar la movilidad del personal ya consolidado y optimizar la cobertura de puestos estructurales de la RPT con funcionarios existentes.Sin embargo, en la práctica administrativa real de la Generalitat Valenciana, especialmente en procesos masivos como el que planteas (unas 500 plazas previstas en la OPE 2026 para subalternos APF-01), se observan las siguientes dinámicas:Sobre la planificación semestral y su carácter vinculante
La planificación semestral de procesos selectivos y de provisión (la que publica Función Pública para periodos como enero-junio 2026) tiene un carácter fundamentalmente orientativo y de gestión interna. No es un documento con fuerza de norma jurídica que impida de forma absoluta convocar un concurso fuera de lo planificado.
Es habitual que se produzcan modificaciones, ampliaciones o incorporaciones de concursos de traslados a lo largo del semestre, sobre todo cuando se acerca una gran OPE o hay presión sindical para respetar el orden de prelación del art. 114.12.
Por tanto, la ausencia actual del concurso de APF-01 en la planificación de enero-junio 2026 no impide jurídicamente que se convoque en ese periodo (o incluso con efectos retroactivos dentro del mismo semestre). Sí genera cierta dificultad logística (elaboración de bases, publicación de vacantes, plazo de solicitudes, resolución…), pero es perfectamente factible si la Dirección General de Función Pública lo prioriza.
En los últimos años se han visto concursos de traslados que se convocan con muy poca antelación respecto a la oposición o incluso de forma casi simultánea.
Sobre el respeto estricto al carácter previo del concurso en procesos masivos
En convocatorias de volumen muy elevado (como las de estabilización post-2022 o las grandes OPE ordinarias), la Administración no siempre ha respetado de forma estricta y rigurosa el orden temporal “concurso primero → oposición después”.
Las soluciones más frecuentes que se han utilizado históricamente en la Generalitat (y en otros grandes procesos de otras CCAA) son:Concurso previo muy acelerado (a veces con plazos muy cortos y publicación exprés de listas provisionales).
Adjudicación de destinos provisionales a los nuevos ingresos (especialmente frecuente cuando hay muchas plazas y el concurso de traslados no ha concluido).
Concurso diferido o simultáneo (se convoca la oposición y, una vez aprobados los aspirantes, se abre un concurso de traslados ampliado o específico que incluye las plazas sobrantes tras el concurso ordinario).
En algunos casos extremos se han utilizado comisiones de servicios o destinos provisionales prolongados para los nuevos funcionarios mientras se resuelve el concurso pendiente.
En el caso concreto de subalternos (APF-01), los procesos masivos anteriores (incluyendo estabilizaciones) han mostrado una cierta flexibilidad en el cumplimiento estricto del orden previo, sobre todo cuando el número de plazas es muy alto y hay urgencia por reducir temporalidad.Dado que la OPE 2026 se anuncia como masiva (más de 2.600 plazas totales, con ~500 para subalternos), y considerando la presión habitual de los sindicatos por cumplir el art. 114.12, lo más probable es que sí se convoque un concurso de traslados antes o en paralelo al proceso selectivo. Pero no sería extraño que:El concurso salga con muy poca antelación (febrero-abril 2026).
O que parte de los nuevos ingresos tomen posesión de forma provisional en plazas que queden pendientes de adjudicar en el concurso.
En conclusión: la planificación semestral no es un obstáculo jurídico insalvable, y en un proceso de este volumen la Administración suele buscar fórmulas prácticas para cumplir formalmente el espíritu del art. 114.12 sin que ello bloquee o retrase demasiado la incorporación de nuevo personal.Si en las próximas semanas ves que se publica la convocatoria de bases de la oposición sin concurso previo, o si aparece de repente el concurso en el DOGV, ninguna de las dos opciones sería sorprendente desde el punto de vista de la práctica habitual de Función Pública de la GVA. Te recomiendo seguir muy de cerca la web de Recursos Humanos de la Generalitat y el DOGV en los próximos meses. ¡Suerte con la preparación!
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