titulo.: Consolidación de grado
autor.: TemasyTEST
Remitido el 03-03-26 a
las 10-17-34
En el caso que planteas (funcionario de carrera C1 con grado personal consolidado nivel 16 → nombrado interino A2 nivel 21 desde 01-05-2024 → aprueba promoción interna y toma posesión como funcionario de carrera A2 nivel 21 el 01-01-2026), la consolidación del grado 21 se produce inmediatamente en la toma de posesión como funcionario de carrera en el nuevo cuerpo/escala, es decir, el 01-01-2026.Razón principalEl grado personal inicial al acceder por promoción interna (o por cualquier proceso selectivo) es necesariamente el nivel del puesto adjudicado en ese momento (art. 70.3 del RD 364/1995, que sigue vigente en lo relativo al grado personal según la disposición final cuarta del TREBEP).
Como el puesto adjudicado en la promoción interna es nivel 21, se consolida como grado personal inicial 21 desde la toma de posesión (01-01-2026).
¿Qué pasa con el grado 16 anterior y el tiempo como interino?El grado 16 (consolidado en C1) queda atrás al cambiar de subgrupo (de C1 a A2). En promoción interna entre subgrupos distintos, no se conserva automáticamente el grado anterior salvo petición expresa y que esté dentro del intervalo de niveles del nuevo cuerpo (art. 70.3 RD 364/1995), pero aquí el 16 es inferior al 21 y al intervalo típico de A2 (normalmente 18-26 o similar según cuerpos), por lo que no suele conservarse.
El tiempo como interino A2 nivel 21 (desde 01-05-2024 hasta 31-12-2025 ≈ 20 meses) no computa directamente para consolidar grado en el nuevo cuerpo de carrera, ya que la consolidación de grado personal se vincula al desarrollo de la carrera en condición de funcionario de carrera en ese cuerpo/escala (jurisprudencia mayoritaria en AGE y muchas CCAA). Aunque hay sentencias que permiten computar servicios interinos previos en casos de abuso de temporalidad (tras TJUE y STS posteriores), no es la regla general ni automática, y menos cuando el nivel ya es el mismo que el de ingreso como carrera.
¿Cuándo se consolidaría un grado superior al 21?A partir del 01-01-2026, con grado inicial 21 consolidado, empezaría a contar el tiempo para consolidar un grado superior (por ejemplo, 22) si ocupa puestos de nivel 22 o más durante 2 años continuados (o 3 interrumpidos), según art. 70.2 RD 364/1995.
Por tanto, no es el 01-05-2026 (que sería 2 años desde el nombramiento como interino), sino el 01-01-2026 (toma de posesión como carrera A2 nivel 21).Si tu administración autonómica o local tiene normativa específica distinta (por ejemplo, en algunas CCAA se regulan matices en la consolidación o en interinos), podría variar ligeramente, pero en la normativa básica estatal (TREBEP + RD 364/1995) y jurisprudencia predominante es como te indico.¡Espero haber aclarado la duda! Si tienes más detalles (comunidad autónoma, cuerpo concreto…), puedo afinar más.
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