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¿ Qué significa Licencia de primera ocupación?
¿ Qué significa Licencia de primera ocupación?

Licencia de primera ocupación


Derecho Administrativo

(Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia Art. 4)

el acto administrativo que acredita que los edificios o viviendas cumplen los requisitos exigidos para ser destinados a uso residencial y se ajustan a la licencia urbanística otorgada.


 Licencia de apertura

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Licencia urbanística 


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