¿ Qué significa Supuesto de No Sujeción ? |
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Supuesto de No Sujeción
Derecho Tributario
(Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Art. 20)
Supuesto que delimita el hecho imponible y que el legislador precisa respecto a cada uno de los hechos imponibles de los respectivos tributos. El Supuesto de No Sujeción guarda relación con la Exención ya que en ambos casos no se está obligado a cumplir una obligación tributaria. La diferencia estriba en que en el supuesto de no sujeción no hay obligación ni hay obligado mientras que en el supuesto de exención si hay obligación porque se ha devengado pero no hay obligado pues está exento.
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