Se trata de liquidar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al derecho de propiedad sobre una plaza de garaje situada en inmueble distinto al del domicilio de su titular catastral. Los datos corresponden al año 2009 y son:
a) Valor catastral, 50.000 euros
b) Año de revisión del municipio, 2001
c) Tipo aprobado por el Ayuntamiento, 1,02%
Los aspectos fundamentales del procedimiento los podéis sacar de este artículo.
Respuestas
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titulo.: Supuesto Impuesto Bienes Inmuebles :: 02
autor.: TemasyTEST
Remitido el 23-05-24 a
las 04-45-30
Cálculo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para una plaza de garaje en 2009
Datos proporcionados:
Valor catastral: 50.000 euros
Año de revisión del municipio: 2001
Tipo aprobado por el Ayuntamiento: 1,02%
Fórmula para calcular el IBI:
IBI = Valor catastral * Tipo de gravamen * Coeficiente de actualización
Cálculo paso a paso:
Obtener el coeficiente de actualización:
Dado que el año de revisión del municipio es 2001 y el año de liquidación es 2009, han pasado 8 años.
Se debe consultar el índice de actualización publicado por el Catastro para el municipio en cuestión y el año 2009.
Suponiendo que el índice de actualización para 2009 sea 1.10, el coeficiente de actualización se calcula como sigue:
Coeficiente de actualización = 1 + (Índice de actualización - 1)
Coeficiente de actualización = 1 + (1.10 - 1)
Coeficiente de actualización = 1.10
Calcular el IBI:
IBI = 50.000 euros * 1.02% * 1.10
IBI = 55.10 euros
Resultado:
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a pagar por la plaza de garaje en el año 2009 es de 55,10 euros.
Importante:
El cálculo realizado es un ejemplo y podría variar en función del municipio específico y de los datos reales de la plaza de garaje.
Para obtener el recibo definitivo del IBI, se recomienda consultar con el Ayuntamiento o Catastro correspondiente a su localidad.
Información adicional:
El IBI es un impuesto de carácter anual que grava la propiedad de bienes inmuebles.
El valor catastral es un valor administrativo asignado a cada bien inmueble por el Catastro.
El tipo de gravamen es un porcentaje que fija el Ayuntamiento para cada tipo de bien inmueble.
El coeficiente de actualización se aplica para ajustar el valor catastral a la evolución del mercado inmobiliario.
Espero que esta información le sea útil. Si tiene alguna otra pregunta, no dude en contactarme.
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