1.- ¿Quien es el obligado al pago del IVTM en el supuesto de la adquisición de un vehículo el 1 de mayo de 2010, el comprador o el vendedor?
2.- ¿Qué comunicación a efectos del IVTM tiene que llevarse a cabo y por quien en el supuesto de la venta anterior teniendo en cuenta que se trata de una compraventa entre particulares?
Respuestas
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titulo.: Supuesto IVTM :: 02
autor.: Invitad@
Remitido el 26-05-24 a
las 11-38-27
Respuestas a las preguntas sobre el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
1.- ¿Quién es el obligado al pago del IVTM en el supuesto de la adquisición de un vehículo el 1 de mayo de 2010, el comprador o el vendedor?
En el supuesto de la adquisición de un vehículo el 1 de mayo de 2010, el obligado al pago del IVTM a partir del 1 de mayo de 2010 es el comprador. Esto se debe a que el IVTM es un impuesto de carácter real que grava la titularidad del vehículo, y la titularidad del mismo se transmite al comprador en el momento de la compraventa.
2.- ¿Qué comunicación a efectos del IVTM tiene que llevarse a cabo y por quién en el supuesto de la venta anterior teniendo en cuenta que se trata de una compraventa entre particulares?
En el supuesto de una compraventa de un vehículo entre particulares, tanto el comprador como el vendedor están obligados a realizar las siguientes comunicaciones al ayuntamiento correspondiente:
Comunicación por parte del vendedor:
Baja del vehículo: El vendedor debe presentar una solicitud de baja del vehículo en el ayuntamiento donde esté matriculado el mismo. Esta solicitud debe presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la venta.
Declaración de venta: El vendedor debe presentar una declaración de venta del vehículo en el ayuntamiento donde esté matriculado el mismo. Esta declaración debe presentarse dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la venta.
Comunicación por parte del comprador:
Alta del vehículo: El comprador debe presentar una solicitud de alta del vehículo en el ayuntamiento donde vaya a matricular el mismo. Esta solicitud debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la compra.
Declaración de compra: El comprador debe presentar una declaración de compra del vehículo en el ayuntamiento donde vaya a matricular el mismo. Esta declaración debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la compra.
Importante:
Para realizar estas comunicaciones, tanto el comprador como el vendedor deben presentar la siguiente documentación:
Copia del contrato de compraventa del vehículo.
Permiso de circulación del vehículo.
DNI o NIE del comprador y del vendedor.
En algunos ayuntamientos, estas comunicaciones se pueden realizar de forma telemática a través de la página web del ayuntamiento.
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