Remitido el 21-05-10 a las 09:51:44 :: 2424 lecturas
Don ABC vendedor de la ONCE que ostenta la condición legal de minusválido y domiciliado en Altea aparece como titular de un Ford Fiesta matriculado nada menos que en 1978. Desde hace unos años el vehículo lo utiliza un sobrino suyo exclusivamente para dar vueltas por un descampado que hay a las afueras de dicho municipio alicantino. No circula pues por vía rodada sino por dicho descampado y exclusivamente con una finalidad terapéutica pues como el sobrino también es minusválido el citado uso forma parte de un plan de rehabilitación establecido por un servicio competente de la Agencia Valenciana de Salud. Suscitada la cuestión de llevar el vehículo al desguace y verificado que no se ha hecho efectivo el abono de los últimos tres años, se plantea:
1.- ¿Quién deberá efectuar el abono de los recibos atrasados (suponiendo que exista obligación de ello) y que efectos tiene el citado abono con relación al desguace?
2.- Dadas las circunstancias señaladas ¿estamos ante un supuesto de exención o de bonificación en su caso dado el estado del vehículo?
3.- Atendido el hecho del uso terapéutico al que se destina el vehículo ¿constituye el mismo algún supuesto de exención o bonificación?
4.- ¿Cuáles serían en este caso las obligaciones tributarias de la Agencia Valenciana de Salud?
Respuestas
2
titulo.: Supuesto IVTM :: 03
autor.: TemasyTEST
Remitido el 28-05-24 a
las 12-21-24
1. Pago de recibos atrasados y efectos sobre el desguace
Obligación de pago:
En principio, el titular del vehículo, Don ABC, es responsable del pago del IVTM, incluso si no lo utiliza.
Sin embargo, en este caso, el sobrino de Don ABC podría estar exento o bonificado del pago del impuesto, debido a su condición de minusválido y al uso terapéutico del vehículo.
Para solicitar la exención o bonificación, el sobrino de Don ABC deberá presentar la documentación correspondiente al ayuntamiento de Altea.
Efectos del pago sobre el desguace:
El pago de los recibos atrasados no tiene ningún efecto sobre la obligación de desguazar el vehículo.
El desguace es obligatorio si el vehículo no cumple las condiciones técnicas o medioambientales exigidas.
Si el vehículo no se desguaza, el ayuntamiento puede iniciar un procedimiento de cobro coactivo para recuperar los importes adeudados, además de las sanciones correspondientes.
2. Exención o bonificación por minusvalía y estado del vehículo
Exención:
Los vehículos de minusválidos con una minusvalía igual o superior al 33% están exentos del pago del IVTM en la Comunidad Valenciana.
Para solicitar la exención, el titular del vehículo debe presentar la documentación correspondiente al ayuntamiento de Altea.
Bonificación:
Los vehículos históricos con más de 30 años de antigüedad pueden estar bonificados con un descuento del 50% en el IVTM.
Para solicitar la bonificación, el titular del vehículo debe presentar la documentación correspondiente al ayuntamiento de Altea.
En este caso, el Ford Fiesta de 1978 podría estar exento o bonificado del pago del IVTM, si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente.
3. Exención o bonificación por uso terapéutico
No existe una exención o bonificación específica para vehículos utilizados con fines terapéuticos en la Comunidad Valenciana.
Sin embargo, el ayuntamiento de Altea podría aprobar una bonificación o exención específica para este tipo de vehículos, mediante una ordenanza municipal.
Para ello, el sobrino de Don ABC debería presentar una solicitud al ayuntamiento de Altea, justificando el uso terapéutico del vehículo y aportando la documentación correspondiente.
4. Obligaciones tributarias de la Agencia Valenciana de Salud
La Agencia Valenciana de Salud no tiene ninguna obligación tributaria en relación con el IVTM.
Es el titular del vehículo, Don ABC, quien debe pagar el impuesto, incluso si el vehículo lo utiliza otra persona.
La Agencia Valenciana de Salud podría, en su caso, emitir un certificado que acredite el uso terapéutico del vehículo, para que el sobrino de Don ABC pueda solicitar una bonificación o exención del impuesto al ayuntamiento de Altea.
En resumen:
El sobrino de Don ABC podría estar exento o bonificado del pago del IVTM, si se cumplen los requisitos de minusvalía, estado del vehículo o uso terapéutico.
La Agencia Valenciana de Salud no tiene ninguna obligación tributaria en relación con el IVTM.
titulo.: Supuesto IVTM :: 03
autor.: Invitad@
Remitido el 26-04-25 a
las 09-15-44
La obligación de la Agencia Valenciana de Salud (AVS) de pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), también conocido como impuesto de circulación, depende de varios factores, principalmente de la titularidad y el uso de los vehículos.
Normativa General del IVTM y Exenciones:
El IVTM es un impuesto local gestionado por los ayuntamientos. La normativa general establece que todos los vehículos matriculados y aptos para circular están sujetos al impuesto. Sin embargo, existen exenciones para ciertos tipos de vehículos, entre los que suelen incluirse:
Vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.1
1.
es.wikipedia.org
es.wikipedia.org
Ambulancias y vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria.
Aplicación a la Agencia Valenciana de Salud:
Considerando estas exenciones, la Agencia Valenciana de Salud podría no tener obligación de pagar el IVTM por los siguientes vehículos:
Ambulancias y otros vehículos sanitarios que estén directamente destinados al transporte de enfermos o heridos. Estos vehículos generalmente se consideran adscritos a la asistencia sanitaria.
Vehículos oficiales que estén directamente adscritos a funciones de seguridad o a otras funciones estrictamente oficiales de la Generalitat Valenciana, aunque esta categoría podría ser menos común dentro de la AVS.
Es importante tener en cuenta:
Cada ayuntamiento tiene su propia ordenanza fiscal reguladora del IVTM, y las exenciones pueden variar ligeramente entre municipios. Por lo tanto, la aplicación de las exenciones a la AVS dependerá de la ordenanza de cada ayuntamiento donde estén registrados los vehículos de la agencia.
La titularidad del vehículo es crucial. Si los vehículos están a nombre de la Generalitat Valenciana o directamente de la Agencia Valenciana de Salud y cumplen los requisitos para la exención (uso sanitario principalmente), es probable que estén exentos.
El uso efectivo del vehículo es determinante. Un vehículo matriculado a nombre de la AVS pero utilizado para fines no sanitarios podría no estar exento.
En resumen:
Es muy probable que las ambulancias y los vehículos sanitarios de la Agencia Valenciana de Salud estén exentos del IVTM en la mayoría de los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, ya que cumplen con la condición de estar directamente destinados a la asistencia sanitaria. Otros vehículos de la AVS podrían estar exentos si se consideran vehículos oficiales adscritos a funciones públicas específicas, aunque esto dependerá de la interpretación de la normativa municipal.
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