titulo.: Supuesto Práctico Administrativo Diputación Valencia :: Organos Colegiados Locales. Régimen de Sesiones y Acuerdos
autor.: TemasyTEST
Remitido el 24-04-25 a
las 10-17-01
Para responder a las cuestiones planteadas sobre el Pleno del Ayuntamiento de Caudete, se aplican las disposiciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), y otras normas aplicables a los municipios españoles. A continuación, se responde cada pregunta de manera clara y precisa:
1. ¿Con qué periodicidad como mínimo se celebrarán las sesiones ordinarias del Pleno en el Ayuntamiento de Caudete?
Según el artículo 46.2.a de la LBRL, en los municipios con una población superior a 5.000 habitantes e inferior a 20.001, como es el caso de Caudete (10.003 habitantes), las sesiones ordinarias del Pleno deben celebrarse como mínimo cada dos meses. Por lo tanto, en Caudete, el Pleno debe reunirse al menos seis veces al año en sesiones ordinarias.
Respuesta: Las sesiones ordinarias del Pleno se celebrarán como mínimo cada dos meses.
2. Atendida la población, ¿debe existir en Caudete una Junta de Gobierno? En caso de ser así, ¿cuántos miembros la compondrían?
El artículo 20.1.b de la LBRL establece que los municipios con más de 5.000 habitantes, como Caudete, deben constituir obligatoriamente una Junta de Gobierno Local, salvo en los casos en que se opte por un régimen de concejo abierto (no aplicable a Caudete por su población).
En cuanto a la composición, el artículo 52.1 de la LBRL y el artículo 21 del ROF indican que la Junta de Gobierno Local está formada por el Alcalde (que la preside) y un número de concejales designados por él, que no puede superar el tercio del número total de miembros de la Corporación, excluido el propio Alcalde. En Caudete, la Corporación tiene 17 concejales, por lo que el número máximo de concejales en la Junta de Gobierno es:
173=5,66frac{17}{3} = 5,66frac{17}{3} = 5,66
, redondeado a 5 concejales (excluido el Alcalde).
Por lo tanto, la Junta de Gobierno Local estará formada por el Alcalde más hasta 5 concejales nombrados por él.
Respuesta: Sí, debe existir una Junta de Gobierno Local en Caudete. Estará compuesta por el Alcalde y un máximo de 5 concejales.
3. ¿Existiría quorum de constitución si al Pleno acudiesen únicamente los concejales del Partido Popular?
El artículo 46.3 de la LBRL y el artículo 90 del ROF establecen que para que el Pleno quede válidamente constituido se requiere la asistencia de al menos un tercio de los miembros de la Corporación, siempre que estén presentes el Alcalde o quien legalmente lo sustituya y el Secretario o quien lo sustituya, y que el número de asistentes no sea inferior a tres.
En Caudete, la Corporación tiene 17 concejales, por lo que el quorum mínimo es:
173=5,66frac{17}{3} = 5,66frac{17}{3} = 5,66
, redondeado al alza a 6 concejales.
El Partido Popular cuenta con 8 concejales, lo que supera el quorum mínimo de 6. Por lo tanto, si asisten únicamente los 8 concejales del Partido Popular, junto con el Alcalde (o su sustituto) y el Secretario (o su sustituto), sí habría quorum para constituir válidamente el Pleno.
Respuesta: Sí, existiría quorum de constitución si asisten únicamente los 8 concejales del Partido Popular, siempre que estén presentes el Alcalde (o su sustituto) y el Secretario (o su sustituto).
4. ¿Puede solicitar una sesión extraordinaria el único concejal de Ciudadanos aunque no forme parte de la Junta de Gobierno?
El artículo 46.2.b de la LBRL y el artículo 38 del ROF establecen que las sesiones extraordinarias del Pleno pueden ser solicitadas por:
El Alcalde, por iniciativa propia.
Una cuarta parte de los concejales (redondeada al alza si no es exacta).
En algunos casos, la Junta de Gobierno Local, si existe.
En Caudete, con 17 concejales, la cuarta parte es:
174=4,25frac{17}{4} = 4,25frac{17}{4} = 4,25
, redondeado al alza a 5 concejales.
Por lo tanto, el concejal de Ciudadanos, por sí solo, no puede solicitar una sesión extraordinaria, ya que no alcanza el mínimo de 5 concejales requerido. La pertenencia o no a la Junta de Gobierno Local no afecta esta capacidad, ya que la solicitud de sesiones extraordinarias es una prerrogativa de los concejales en función de su número, no de su pertenencia a la Junta.
Respuesta: No, el único concejal de Ciudadanos no puede solicitar una sesión extraordinaria por sí solo, ya que se requiere la solicitud de al menos 5 concejales.
Resumen de Respuestas
Las sesiones ordinarias del Pleno se celebrarán como mínimo cada dos meses.
Sí, debe existir una Junta de Gobierno Local, compuesta por el Alcalde y un máximo de 5 concejales.
Sí, habría quorum de constitución si asisten los 8 concejales del Partido Popular, junto con el Alcalde (o su sustituto) y el Secretario (o su sustituto).
No, el concejal de Ciudadanos no puede solicitar una sesión extraordinaria por sí solo, ya que se necesitan al menos 5 concejales.
Si necesitas más detalles o alguna aclaración, no dudes en indicarlo.
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