titulo.: Supuesto Práctico Derecho Administrativo Corporaciones Locales :: Licencias y otros asuntos [bastante complicado]
autor.: Invitad@
Remitido el 06-08-22 a
las 09-44-17
D. Juan A. B. solicita licencia de obras menores para cambio de solería y alicatado de la cocina de su domicilio sito en calle Mayor nº 1. Los informes técnico y jurídico emitidos son favorables.
6. Redacte la resolución que proceda y la notificación al interesado.
Visto que, con fecha 27 de diciembre de 2017, fue presentada por D. JUAN A.B., con N.I.F. Núm. ****6.215-D, y con domicilio en Porrote (Avila), Chocho de Irene Montero núm. 18, solicitud de licencia municipal urbanística para la realización de una Obra Menor, consistente en cambio de solería y alicatado de la cocina, en Chocho de Irene Montero núm. 18, de Porrote.
Visto que, de conformidad con la Providencia de Alcaldía, de fecha 27 de diciembre de 2017, y con la misma fecha, fue emitido informe por el Sr. Secretario relativo al Procedimiento a seguir y a la Legislación aplicable en el procedimiento de concesión de licencia urbanística.
Visto que, en cumplimiento de lo dispuesto en la misma Providencia de Alcaldía y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172.4ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Castilla y León, en relación con el artículo 16 del Decreto 60/2010, de fecha 16 de Marzo de 2010, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, (Boletín Oficial de la Junta de Castilla y León Núm. 66,07/04/2010), con fecha 3 de enero de 2018, se emitió informe por los Servicios Técnicos en sentido FAVORABLE a la concesión de la licencia urbanística, presupuestándose la ejecución material de las obras en la suma de 1.100,00 €. Examinada la documentación obrante en el expediente, visto el informe emitido por el servicio jurídico, en fecha 3 de enero de 2018, en sentido favorable a la concesión de la licencia de obras, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en relación con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y en el 171 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Castilla y León,
RESUELVO
PRIMERO. Conceder Licencia Municipal Urbanística a D. Juan A. B., para la ejecución de una Obra Menor, consistente en cambio de solería y alicatado de la cocina, en Chocho de Irene Montero núm. 18, de Porrote., consignando expresamente, además de cualesquiera otras especificaciones requeridas, los siguientes extremos: a) La Clasificación y Calificación Urbanística del suelo objeto de la actuación es urbano consolidado. b) El Presupuesto de Ejecución Material de las obras es de 1.100,00 €. d) Las Obras se emplazan en Porrote, Chocho de Irene Montero núm. 18, e) La Referencia Catastral del inmueble objeto de las obras es 000201300UF97C0001OJ. f) El Promotor de las obras es el propio solicitante de la Licencia, D. Eduardo Inda Pajas.
SEGUNDO.- Las obras deberán iniciarse en el plazo máximo de DOCE MESES, a contar desde la notificación de la presente resolución, siendo, en todo caso, la duración máxima de ejecución de las obras de TREINTA Y SEIS MESES, a contar, igualmente, a partir de la notificación de esta resolución, pudiendo prorrogarse la licencia, por una sola vez, y por un nuevo plazo no superior al concedido en esta licencia, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos anteriormente determinados, en los términos señalados en la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, sin que la obtención de prórroga del plazo para comenzar las obras comporte por sí misma prórroga del plazo de terminación de aquéllas.
TERCERO.- Los plazos para la iniciación y finalización de las obras se computarán desde el día siguiente a la notificación del otorgamiento de la licencia, o en su defecto, al del vencimiento del plazo máximo para resolver y notificar, caducando la licencia en los siguientes supuestos, a) Cuando no se hubiera iniciado la ejecución de las actuaciones amparadas por las mismas en el plazo señalado, o en su defecto, en el de un año, salvo causa no imputable al titular de la licencia. b) Cuando no se finalice la obra en el plazo señalado, o en su defecto, en el de tres años, salvo causa no imputable al titular de la licencia.
CUARTO.- Las obras deberán ajustarse a las condiciones de la presente licencia, así como a las prescripciones en los informes de los técnicos municipales.
QUINTO.- Proceder a la liquidación de los impuestos y tasas municipales que correspondan conforme a las ordenanzas fiscales vigentes con carácter previo a la entrega de la Licencia.
SEXTO.- Tanto la licencia como la liquidación de impuestos y tasas correspondientes, deberán estar expuestos en el lugar de la obra, mientras dure ésta, a disposición de la inspección de los agentes de la autoridad municipal que pudieran solicitarla.
SÉPTIMO.- Notificar la presente Resolución al interesado.
OCTAVO.- Dar cuenta del Expediente objeto de la presente Licencia Urbanística en el próximo Pleno de la Corporación que se celebre. Lo manda y firma, el Sr. Alcalde-Presidente, D. Benito Camelos, en Porrote, a 4 de enero de 2018; de lo que, como Secretario-Interventor, doy fe.
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