titulo.: SUPUESTO Examen Test Ordenanza Notificador Ayuntamiento Preguntas Oficiales [01]
autor.: TemasyTEST
Remitido el 13-05-25 a
las 04-11-55
A continuación, se responde a cada una de las cuestiones planteadas sobre las funciones y responsabilidades de Dª. Fabiana Rodríguez, ordenanza en el Ayuntamiento de Puertollano, basándose en la normativa general aplicable al personal empleado público en España (como el Real Decreto Legislativo 5/2015, Estatuto Básico del Empleado Público), las funciones típicas de un ordenanza y los principios de actuación en la administración pública. Dado que no se dispone de un reglamento específico del Ayuntamiento de Puertollano, las respuestas se fundamentan en criterios generales y prácticas habituales, adaptadas al contexto municipal.
1º. ¿Puede el ordenanza pedir a un ciudadano que se identifique mediante la presentación del DNI o similar?
Respuesta:
Sí, Dª. Fabiana, como ordenanza, puede solicitar a un ciudadano que se identifique mediante DNI u otro documento oficial (NIE, pasaporte, etc.) si ello es necesario para cumplir con sus funciones, como garantizar la seguridad, controlar el acceso a dependencias municipales o verificar la identidad en trámites administrativos. Esto está amparado por el artículo 15 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que permite a los empleados públicos, en el ejercicio de sus competencias, requerir identificación cuando sea imprescindible para el cumplimiento de sus labores.
Condiciones:
La solicitud debe estar justificada (p. ej., acceso a zonas restringidas, entrega de documentación oficial, o sospecha de comportamiento irregular).
Debe realizarse de forma respetuosa, explicando el motivo.
Si el ciudadano se niega, la ordenanza no tiene autoridad coercitiva, pero puede informar al responsable del departamento o, si es necesario, a la Policía Local.
Ejemplo práctico: Si un ciudadano intenta entrar en una zona de despachos sin autorización, Fabiana puede pedirle el DNI para verificar si tiene cita o permiso.
2º. ¿Cómo deberá proceder la Ordenanza al observar que un ciudadano intenta acceder a los despachos o zonas en los que no está autorizado y ante la indicación toma una posición de fuerza?
Respuesta:
Dª. Fabiana debe actuar con profesionalidad, prudencia y siguiendo un protocolo escalonado para garantizar la seguridad y el orden, sin exceder sus competencias como ordenanza. Los pasos a seguir son:
Informar y disuadir:
Comunicar al ciudadano, de forma clara y educada, que no está autorizado a acceder a la zona restringida y explicarle las normas del edificio (p. ej., "Lo siento, esta área es de acceso exclusivo para personal autorizado").
Solicitar identificación si es necesario para verificar su autorización.
Mantener la calma ante una posición de fuerza:
Si el ciudadano adopta una actitud agresiva o desafiante, Fabiana debe evitar confrontaciones directas, mantener un tono calmado y no responder a provocaciones.
Puede reiterar la norma y advertir que informará a sus superiores o a seguridad.
Notificar a superiores o seguridad:
Informar inmediatamente al responsable del departamento, al jefe de servicio o al coordinador del edificio.
Si la situación escala (amenazas, forcejeo, etc.), contactar con la Policía Local o el servicio de seguridad municipal, si existe, para que intervengan.
Documentar el incidente:
Anotar los detalles del suceso (hora, lugar, descripción del ciudadano, comportamiento) y, si es posible, obtener datos de identificación para elaborar un informe que se remita a sus superiores.
Nota: Como ordenanza, Fabiana no tiene autoridad para retener o inmovilizar a una persona. Su rol es preventivo y de notificación, respetando siempre los derechos del ciudadano y las competencias de las fuerzas de seguridad.
3º. En el caso de estar destinado en un edificio municipal, el ordenanza observa, antes de marcharse, que los funcionarios que ya han abandonado el edificio se han dejado luces y ordenadores encendidos, ¿cómo actuará en este caso el ordenanza?
Respuesta:
Dª. Fabiana debe actuar con responsabilidad, siguiendo las políticas de eficiencia energética y sostenibilidad del Ayuntamiento, así como las instrucciones específicas de su puesto. Los pasos recomendados son:
Apagar luces y equipos, si está autorizada:
Si las normas del Ayuntamiento o las instrucciones de su puesto lo permiten, apagar las luces y, en su caso, los ordenadores (si no hay riesgo de interrumpir procesos en curso, como actualizaciones).
Verificar que no haya personal trabajando en las dependencias antes de apagar.
Consultar con el superior, si no tiene instrucciones claras:
Si no está segura de poder apagar los equipos, contactar con su jefe inmediato o el responsable de mantenimiento para recibir indicaciones.
Informar del incidente:
Notificar a su superior o al departamento de personal sobre la situación (luces y ordenadores encendidos) para que se tomen medidas preventivas, como recordar a los funcionarios las normas de eficiencia energética.
Puede hacerlo verbalmente o por escrito, según los procedimientos del Ayuntamiento.
Registrar la incidencia, si es habitual:
Si este tipo de situaciones es recurrente, anotar los detalles (fecha, hora, dependencias afectadas) y proponer, a través de su superior, medidas para fomentar el ahorro energético.
Nota: Fabiana debe actuar dentro de sus competencias y evitar manipular equipos si no tiene autorización expresa, para no incurrir en responsabilidades.
4º. Si el ordenanza observa que un niño pisotea los sillones de la sala de exposiciones (donde presta sus servicios) y sus padres no hacen nada para evitarlo, ¿qué debería hacer usted?
Respuesta:
Dª. Fabiana debe intervenir con tacto, respetando a los usuarios y protegiendo el mobiliario municipal, que es un bien público. Los pasos a seguir son:
Dirigirse a los padres con cortesía:
Acercarse a los padres del niño y, de forma educada, informarles del comportamiento inadecuado, solicitando su colaboración (p. ej., "Disculpen, les pido por favor que indiquen al niño que no pise los sillones para cuidar el mobiliario de la sala").
Explicar la norma:
Si los padres no responden o no actúan, reiterar la importancia de respetar las instalaciones públicas, mencionando que es una norma de uso de la sala de exposiciones.
Notificar al responsable:
Si los padres ignoran la solicitud o reaccionan de forma hostil, informar al responsable de la sala o a su superior para que intervengan o tomen medidas adicionales.
Evitar confrontaciones directas con los padres.
Documentar daños, si los hay:
Si el mobiliario sufre desperfectos, anotar los detalles del incidente (fecha, hora, descripción) y reportarlo al departamento de mantenimiento o a su superior, incluyendo la identidad de los responsables si es posible.
Nota: Fabiana debe mantener siempre una actitud profesional, evitando reprender directamente al niño o entrar en conflictos con los padres, ya que su rol es de supervisión y notificación.
5º. ¿Qué deberá hacer la Sra. Fabiana con la documentación confiada?
Respuesta:
Dª. Fabiana, como ordenanza, tiene la responsabilidad de trasladar la documentación confiada a la dependencia municipal indicada, cumpliendo con las siguientes pautas:
Custodiar la documentación:
Proteger los documentos durante el traslado, asegurándose de que no se pierdan, dañen o sean accesibles a personas no autorizadas.
Si los documentos son sensibles (p. ej., contienen datos personales), usar sobres cerrados o carpetas, si se le proporcionan.
Entregar a la persona o departamento indicado:
Llevar la documentación directamente a la dependencia municipal especificada y entregarla al responsable designado (funcionario, jefe de servicio, etc.).
Si no hay una persona concreta, entregarla en el registro o punto de recepción de la dependencia.
Confirmar la entrega, si es necesario:
Si las instrucciones lo indican, solicitar un acuse de recibo o firma que acredite la entrega.
En caso de no poder entregar la documentación (p. ej., la dependencia está cerrada), informar al departamento que le confió los documentos para recibir nuevas instrucciones.
Mantener confidencialidad:
No abrir ni leer los documentos, salvo que sea estrictamente necesario para cumplir con su tarea (ver punto 6º).
Evitar compartir información sobre el contenido o el traslado con terceros.
Nota: Fabiana debe actuar con diligencia y seguir las instrucciones específicas del departamento que le confió la documentación, respetando los plazos y procedimientos establecidos.
6º. ¿Debe el ordenanza leer un documento que lleva a un departamento?
Respuesta:
No, Dª. Fabiana no debe leer los documentos que traslada a otro departamento, salvo que sea estrictamente necesario para cumplir con sus funciones (p. ej., verificar a qué dependencia o persona va dirigido si no está claro). Las razones son:
Confidencialidad:
Los documentos pueden contener información sensible (datos personales, información administrativa protegida, etc.), y su lectura por parte de un ordenanza no autorizado podría vulnerar la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Como empleada pública, Fabiana está obligada a respetar la confidencialidad (artículo 53 del TREBEP).
Funciones del ordenanza:
La función principal de un ordenanza es trasladar, custodiar y entregar documentación, no analizar su contenido. Leer los documentos sin justificación podría considerarse una extralimitación de sus competencias.
Excepción justificada:
Si el documento no está etiquetado o las instrucciones no son claras (p. ej., no se indica el destinatario), Fabiana puede revisar la portada o partes necesarias para identificar el destino, pero limitándose al mínimo imprescindible.
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