[S] Supuesto Práctico Oficial Subalterno Ordenanza Conserje de Entidades Locales [ Ayuntamientos, Diputaciones,... ]
autor.: TemasyTEST
Remitido el 22-03-23 a las 04:22:07 :: 610 lecturas
Enunciado
Juan Pérez ha entrado a prestar servicios como personal subalterno ordenanza en un centro público. Por indisposición del compañero que normalmente lleva las tareas de correos y paquetería tiene que realizar las tareas que corresponden a éste. Y entre otras actuaciones lleva a cabo las siguientes:
a) Prepara una carta ordinaria cuyo peso es de 2 kilos 200 gramos
b) Para proceder al abono de una factura prepara un giro nacional junto al que realiza una comunicación privada para el destinatario. Dicha comunicación tiene un número de caracteres de 126
c) Tiene que realizar un envío certificado para lo que consigna la palabra CERTIFICADO pero no la correspondiente etiqueta al uso en el ángulo superior izquierdo del reverso del sobre
Cuestiones que se plantean
a) ¿es correcto el tratamiento del envío postal de la primera pregunta como carta ordinaria?
b) ¿conllevará un coste adicional la comunicación a la que nos referimos en la letra b) teniendo en cuenta el número de caracteres?
c) ¿se hace lo correcto en la tramitación del envío certificado?
Respuestas
2
titulo.: Supuesto Práctico Oficial Subalterno Ordenanza Conserje de Entidades Locales [ Ayuntamientos, Diputaciones,... ]
autor.: Invitad@
Remitido el 22-03-23 a
las 04-23-12
Soluciones
----------
a) No La carta es hasta 2 kilógramos.
b) No El coste adicional es a partir de 140 carácteres
c) No Se debe corresponder la etiqueta
titulo.: Supuesto Práctico Oficial Subalterno Ordenanza Conserje de Entidades Locales [ Ayuntamientos, Diputaciones,... ]
autor.: TemasyTEST
Remitido el 24-04-25 a
las 04-42-26
¡Hola! Vamos a ver qué tal ha gestionado Juan estas tareas postales.
a) ¿Es correcto el tratamiento del envío postal de la primera pregunta como carta ordinaria?
No, no es correcto. Según la normativa de Correos, una carta ordinaria tiene un límite de peso que generalmente se sitúa en los 2 kilogramos. Un envío de 2 kilos y 200 gramos excede este límite. Por lo tanto, este envío debería haberse tramitado como un paquete postal y no como una carta ordinaria, lo que implicaría unas tarifas y un tratamiento diferente.
b) ¿Conllevará un coste adicional la comunicación a la que nos referimos en la letra b) teniendo en cuenta el número de caracteres?
Sí, conllevará un coste adicional. Cuando se realiza un giro postal nacional y se adjunta una comunicación privada, Correos aplica una tarifa adicional por este añadido. Aunque el número de caracteres (126) no excede los límites establecidos para este tipo de comunicaciones (generalmente un número superior de caracteres sí implicaría pasar a otro tipo de envío), el simple hecho de adjuntar un texto a un giro ya supone un coste extra sobre la tarifa del propio giro.
c) ¿Se hace lo correcto en la tramitación del envío certificado?
No, no se hace lo correcto. Para que un envío sea considerado y tratado como certificado, no basta con consignar la palabra "CERTIFICADO" en el sobre. Es imprescindible adherir la etiqueta oficial de envío certificado que proporciona Correos en el ángulo superior izquierdo del reverso del sobre. Esta etiqueta contiene un código de barras y un número de seguimiento únicos que permiten rastrear el envío y acreditan su depósito y entrega. Sin esta etiqueta, el envío se tramitará como correo ordinario, sin las garantías y el seguimiento propios del certificado.
Espero que esta aclaración te sea de utilidad. ¡Cualquier otra duda, no dudes en consultarme!
Este 2026 ya
llevamos convocadas
21,680 plazas en
1,641 Oposiciones y se han abierto
15
Bolsas de Trabajo
[hoy 0
plazas en 0 Oposiciones con apertura de
0 Bolsas]