Enunciado
Por resolución de Alcaldía de fecha 25 de junio de 2015 se delegaron en la Junta de Gobierno, entre otras, la competencia para la aprobación de las bases que han de regir la selección del personal funcionario y laboral, y para la convocatoria de oposiciones, concursos y concurso-oposiciones.
Sin embargo se da la necesidad de proceder a la contratación de un docente con la mayor brevedad posible, habiéndose iniciado los trámites para la realización del correspondiente proceso selectivo, y con objeto de no retrasar la aprobación de la convocatoria y las bases que han de regir el mismo, y atendiendo a la periodicidad semanal de la Junta de Gobierno, que podría retrasar en última instancia, aunque sea por pocos días, la resolución al efecto desde que la tramitación correspondiente se encuentre ultimada.
Cuestión que se plantea
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1.- ¿Qué se supone que hará el Alcalde?
Respuestas
1
titulo.: Supuesto Práctico de Derecho Administrativo Nivel Superior Ley 40/2015
autor.: TemasyTEST
Remitido el 29-11-23 a
las 06-20-28
La respuesta a esta cuestión depende de la interpretación que se haga de la resolución de Alcaldía de 25 de junio de 2015.
Según una interpretación literal, la competencia para la aprobación de las bases que han de regir la selección del personal funcionario y laboral, y para la convocatoria de oposiciones, concursos y concurso-oposiciones, está delegada en la Junta de Gobierno. Por lo tanto, el Alcalde no podría aprobar la convocatoria de la plaza de docente por sí mismo, sino que debería solicitar a la Junta de Gobierno que lo hiciera en su próxima sesión.
Sin embargo, una interpretación más flexible podría considerar que la delegación de competencias es una herramienta que debe utilizarse para agilizar la gestión administrativa, pero que no debe impedir que el Alcalde pueda tomar decisiones urgentes cuando sea necesario. En este caso, el Alcalde podría argumentar que la necesidad de contratar a un docente con la mayor brevedad posible constituye una situación de urgencia que le permite recuperar la competencia para aprobar la convocatoria de la plaza.
En la práctica, es probable que el Alcalde opte por una solución intermedia. Podría solicitar a la Junta de Gobierno que se reúna de forma extraordinaria para aprobar la convocatoria de la plaza, de forma que se garantice que se produce una resolución rápida y eficaz.
En concreto, el Alcalde podría tomar las siguientes medidas:
Solicitar a la Junta de Gobierno que se reúna de forma extraordinaria para aprobar la convocatoria de la plaza de docente.
En caso de que la Junta de Gobierno no se reúna de forma extraordinaria, el Alcalde podría aprobar la convocatoria de la plaza por sí mismo, argumentando que la necesidad de contratar a un docente con la mayor brevedad posible constituye una situación de urgencia.
En cualquier caso, la decisión final sobre lo que hará el Alcalde dependerá de su interpretación de la resolución de Alcaldía de 25 de junio de 2015 y de su valoración de la situación de urgencia que se plantea.
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