[S] Supuesto práctico de Administrativo de Gestión, Inspección y recaudación Tributaria Local del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal
autor.: TemasyTEST
Remitido el 20-12-23 a las 11:04:33 :: 286 lecturas
Datos del supuesto
Organismo: Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF)
Puesto: Administrativo de Gestión, Inspección y recaudación Tributaria Local
Fecha: 20 de diciembre de 2023
Localidad: Cocentaina, Valencia
Actuación
Usted es un funcionario del OPAEF de la provincia de Valencia, con destino en la localidad de Cocentaina. En la mañana del día 20 de diciembre de 2023, recibe una solicitud de devolución de un ingreso indebido de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) presentada por una empresa denominada "El Barranco, S.L.".
La solicitud se acompaña de la siguiente documentación:
Copia del recibo de pago del IBI
Copia del certificado de exención del IBI emitido por el Ayuntamiento de Cocentaina
El recibo de pago del IBI corresponde al ejercicio 2023, y la cantidad abonada asciende a 1.000 euros. El certificado de exención del IBI indica que la empresa "El Barranco, S.L." está exenta del pago del IBI por encontrarse en un polígono industrial.
Solución
La actuación del funcionario del OPAEF debe ser la siguiente:
Comprobación de la documentación presentada
En primer lugar, el funcionario debe comprobar que la documentación presentada es correcta y completa. En este caso, la documentación es correcta y completa.
Análisis de la solicitud
En segundo lugar, el funcionario debe analizar la solicitud para determinar si procede la devolución del ingreso indebido. En este caso, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en la normativa tributaria, por lo que procede la devolución del ingreso indebido.
Devolución del ingreso indebido
Una vez que el funcionario ha determinado que procede la devolución del ingreso indebido, debe proceder a realizar la devolución. En este caso, el funcionario debe emitir una resolución de devolución, en la que se indique la cantidad a devolver y el plazo para su abono.
Resolución de devolución
En el supuesto planteado, la resolución de devolución podría ser la siguiente:
RESOLUCIÓN DE DEVOLUCIÓN
El Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, en virtud de las competencias que le atribuye la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de la Comunitat Valenciana, y en aplicación de la normativa tributaria, resuelve:
1.- Devolver a la empresa "El Barranco, S.L." la cantidad de 1.000 euros, correspondiente al ingreso indebido del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2023.
2.- El abono de la cantidad a devolver se realizará en el plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.
Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, en el plazo de un mes desde su notificación.
FECHA: 20 de diciembre de 2023
FIRMADO: El Director del OPAEF
Otras consideraciones
En el supuesto planteado, el funcionario del OPAEF también podría realizar las siguientes actuaciones:
Informar a la empresa "El Barranco, S.L." de la resolución de devolución.
Abonar la cantidad a devolver a la empresa "El Barranco, S.L.".
La realización de estas actuaciones no es obligatoria, pero pueden ser recomendables para facilitar a la empresa el conocimiento de la resolución de devolución y el abono de la cantidad a devolver
Respuestas
1
titulo.: Supuesto práctico de Administrativo de Gestión, Inspección y recaudación Tributaria Local del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal
autor.: Invitad@
Remitido el 22-12-23 a
las 10-59-59
Hola Me estaría interesado en presentarme a estas opos ¿sabeis como?
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