Un contribuyente acude a la oficina de atención al contribuyente con la siguiente consulta:
El Sr. Pérez ha recibido una notificación de la Agencia Tributaria en la que se le reclama el pago de una deuda por importe de 1.000 euros. El Sr. Pérez no está de acuerdo con la reclamación, ya que considera que la deuda no es correcta. Solicita que se le explique el motivo de la reclamación y que se le anule la misma.
Preguntas:
¿Qué información debe solicitar el administrativo al Sr. Pérez para atender su consulta?
El administrativo debe solicitar al Sr. Pérez la siguiente información:
Datos personales: nombre completo, NIF, domicilio.
Datos de la notificación: número de expediente, fecha de emisión, organismo emisor.
Motivo de la disconformidad: el Sr. Pérez debe explicar por qué considera que la deuda no es correcta.
Documentación que acredite su disconformidad: el Sr. Pérez debe aportar cualquier documentación que justifique su posición, como por ejemplo, recibos, facturas, etc.
¿Qué pasos debe seguir el administrativo para atender la consulta del Sr. Pérez?
El administrativo debe seguir los siguientes pasos:
Identificar al contribuyente: solicitar al Sr. Pérez su NIF y comprobar su identidad.
Escuchar atentamente la consulta del Sr. Pérez: el administrativo debe prestar atención a la explicación del Sr. Pérez y tomar nota de los datos relevantes.
Solicitar la documentación necesaria: el administrativo debe solicitar al Sr. Pérez la documentación que acredite su disconformidad.
Consultar la base de datos de la Agencia Tributaria: el administrativo debe consultar la base de datos de la Agencia Tributaria para obtener información sobre la deuda reclamada.
Explicar al Sr. Pérez el motivo de la reclamación: el administrativo debe explicar al Sr. Pérez de forma clara y sencilla el motivo por el que se le reclama la deuda.
Ofrecer al Sr. Pérez las opciones disponibles: el administrativo debe informar al Sr. Pérez de las opciones que tiene para resolver la situación, como por ejemplo, presentar una alegación, solicitar una rectificación o pagar la deuda.
Resolver la consulta del Sr. Pérez: el administrativo debe resolver la consulta del Sr. Pérez de forma satisfactoria, ya sea anulando la deuda, rectificándola o proporcionándole la información necesaria para que pueda presentar una alegación.
¿Qué recursos tiene el Sr. Pérez si no está de acuerdo con la resolución del administrativo?
El Sr. Pérez tiene los siguientes recursos:
Presentar una alegación: el Sr. Pérez puede presentar una alegación ante la Agencia Tributaria en el plazo de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución.
Recurrir ante el Tribunal Económico-Administrativo: si el Sr. Pérez no está de acuerdo con la resolución de la Agencia Tributaria, puede recurrir ante el Tribunal Económico-Administrativo en el plazo de un mes a partir de la fecha de notificación de la resolución.
Acudir a la vía judicial: si el Sr. Pérez no está de acuerdo con la resolución del Tribunal Económico-Administrativo, puede acudir a la vía judicial.
Recomendaciones:
El administrativo debe atender al Sr. Pérez de forma amable y profesional.
El administrativo debe explicar al Sr. Pérez la información de forma clara y sencilla.
El administrativo debe resolver la consulta del Sr. Pérez de forma satisfactoria.
El Sr. Pérez debe leer atentamente la notificación de la Agencia Tributaria y presentar su alegación o recurso en el plazo establecido.
Este supuesto práctico es solo un ejemplo y puede variar en función de la situación concreta. Es importante que el administrativo se forme y esté actualizado en la normativa vigente para poder atender las consultas de los contribuyentes de forma correcta.
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