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Temario Gratis Oposiciones :: La Constitución Española de 1978: estructura. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías.| Temas Online TemasyTEST

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Tema 1.- La Constitución Española de 1978: estructura. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías.

 

1. La Constitución Española de 1978: estructura.

 

La Constitución Española de 1978 se estructura en un preámbulo, 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y una disposición final.

 

PREÁMBULO

Indica los principios que informan la Constitución, al autor de la misma -  el pueblo- y las razones que justifican su poder constituyente

TITULO PRELIMINAR

Principios generales del Estado en que España se organiza

TITULO PRIMERO

DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Art. 10.- Pórtico del título. Las normas relativas a los derechos y libertades se interpretarán de acuerdo con la Declaración Universal de -Derechos Humanos.

Capítulo 1º.- DE LOS ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS

Se determinan los modos de adquirir, conservar y perder la nacionalidad española. Los españoles adquieren la plenitud de los derechos políticos a partir de los dieciocho años.

Capítulo 2º.- DERECHOS Y LIBERTADES

Art. 14.- Igualdad de todos ante la Ley.

Sección Primera.- Derechos fundamentales y libertades públicas.

Son los derechos inherentes a la persona.

Sección Segunda.- -Derechos y deberes de los ciudadanos

Son los derechos y las obligaciones que se tienen como ciudadano.

Capítulo 3º.- PRINCIPIOS RECTORES DE POLÍTICA SOCIAL Y ECONOMICA

Establece unos criterios básicos de acción social que han de ser comunes a todas las acciones de gobierno, al margen de la filiación política del grupo que se encuentre en el poder.

Capítulo 4º.- GARANTIAS DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALES

Los derechos y libertades vinculan a todos los poderes públicos. Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Defensor del Pueblo.

Capítulo 5º.- SUSPENSION DE DERECHOS Y LIBERTADES

El ejercicio de determinados derechos puede ser restringido o suspendido en los estados de alarma, excepción y sitio.

TITULO SEGUNDO

LA CORONA

Jefatura del Estado. Orden de sucesión. Regencia. Tutela. Proclamación y Atribuciones del Rey.

TITULO TERCERO

LAS CORTES GENERALES

Capítulo 1º.- DE LAS CAMARAS

Las Cortes Generales se componen del Congreso - Cámara de representación popular - y del Senado - Cámara de representación territorial-

Capítulo 2º.- ELABORACION DE LAS LEYES

Iniciativas, términos y plazos dentro del proceso de elaboración de las leyes

Capítulo 3.- TRATADOS INTERNACIONALES

TITULO CUARTO

GOBIERNO Y ADMINISTRACION

Funciones del Gobierno. Composición. Nombramiento del Presidente. La Administración.

TITULO QUINTO

RELACIONES ENTRE EL GOBIERNO Y LAS CORTES GENERALES

Responsabilidad política. Cuestión de Confianza. Moción de Censura. Estados de alarma, excepción y sitio.

TITULO SEXTO

PODER JUDICIAL

Poder Judicial. Su organización: el Consejo General del Poder Judicial. Potestad Jurisdiccional. Ministerio Fiscal. Jurado.

TITULO SEPTIMO

ECONOMIA Y HACIENDA

Financiación del Estado y del Sistema de Seguridad Social. Tributación. Presupuestación. Tribunal de Cuentas.

TITULO OCTAVO

ORGANIZACION TERRITORIAL DEL ESTADO

Capítulo 1º.- PRINCIPIOS GENERALES

El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y Comunidades Autónomas

Capítulo 2º.- LA ADMINISTRACION LOCAL

Compuesta por municipios y provincias

Capítulo 3º.- LAS COMUNIDADES AUTONOMAS

Aspectos básicos de la regulación de este derecho. Iniciativa. Estatutos. Competencias. Instituciones de Autogobierno.

TITULO IX

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Composición y atribuciones de este Tribunal. Recursos de inconstitucionalidad y amparo. Cuestión de inconstitucionalidad. Conflictos de competencias.

TITULO X

REFORMA DE LA CONSTITUCION

Iniciativa. Procedimiento general. Procedimiento especial en caso de reformas sustanciales.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Territorios forales

Mayoría de edad

Régimen económico y fiscal de Canarias

Subsistencia temporal de las Audiencias Territoriales

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Régimen provisional de preautonomías

Autonomía de las Nacionalidades Históricas

Retraso de la iniciativa autonómica hasta la celebración de las primeras elecciones locales

Navarra

Ceuta y Melilla

Pluralidad de proyectos de Estatuto

Vigencia de los Organos Preautonómicos

Continuidad de las primeras Cortes democráticas

Elección de miembros del Tribunal Constitucional

DISPOSICION DEROGATORIA

Derogación de las antiguas Leyes Fundamentales y de cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la Constitución

DISPOSICION FINAL

La Constitución entra en vigor el día de su publicación en el B.O.E. Fue publicada también en todas las lenguas de España

 

La Constitución Española de 1978 es un documento complejo y articulado que regula los diferentes aspectos de la vida política, social y económica de España. Su estructura se basa en los siguientes principios: 

  • Principio de jerarquía: Los preceptos de la Constitución tienen una jerarquía superior a los de cualquier otra norma jurídica.

  • Principio de unidad: La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico español.

  • Principio de rigidez: La Constitución solo puede ser reformada por un procedimiento especial.  

La Constitución Española de 1978 es una de las normas jurídicas más importantes de España. Su estructura permite que sea un documento flexible y adaptable a las necesidades del país.

2. Principios generales.

 

Los principios generales de la Constitución Española de 1978 son los fundamentos que sustentan el ordenamiento jurídico español. Estos principios se recogen en el título preliminar de la Constitución, y son los siguientes:

Estado social y democrático de Derecho: España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, lo que significa que se basa en los principios de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político.

  • Soberanía nacional: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

  • Pluralismo político: El pluralismo político es un principio fundamental de la Constitución española, que garantiza la existencia de diferentes

  • partidos políticos que compiten por el poder.

  • Separación de poderes: La Constitución establece la separación de poderes entre el legislativo, el ejecutivo y el judicial.

  • Estado de Derecho: El Estado español se fundamenta en el principio de Estado de Derecho, que garantiza la supremacía de la ley, la igualdad ante la ley y la protección de los derechos fundamentales.

 

Estos principios son los que guían el funcionamiento del Estado español y los que garantizan los derechos y libertades de los ciudadanos.

Algunos principios generales específicos de la Constitución Española son:

 

  • La igualdad ante la ley: Todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

  • La libertad ideológica: Todos tienen derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto de forma individual o colectiva.

  • El derecho a la educación: Todos tienen derecho a la educación, que será gratuita en el primer ciclo de la enseñanza básica.

  • El derecho a la salud: Todos tienen derecho a la protección de la salud.

  • El derecho al trabajo: Todos tienen derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.

Estos principios son los que inspiran la legislación española y los que regulan las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.

 

3. Los derechos y deberes fundamentales.

 

Los derechos y deberes fundamentales son las garantías que las constituciones de todos los países aseguran a sus habitantes por el hecho de ser hombres y vivir en sociedad. Son derechos que no pueden ser limitados por el Estado, y que deben ser protegidos por la ley.

 

Capítulo II: De los derechos y libertades

 

El capítulo II de la Constitución Española recoge los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos españoles. Estos derechos y libertades se dividen en cuatro grupos:

 

  • Derechos civiles y políticos: Estos derechos protegen la libertad individual, la igualdad ante la ley y la participación política.

  • Derechos sociales y económicos: Estos derechos garantizan el bienestar social y económico de los ciudadanos.

  • Derechos de los grupos: Estos derechos protegen los derechos de los grupos minoritarios, como las minorías étnicas, las minorías religiosas y las personas con discapacidad.

  • Derechos de la víctima: Estos derechos protegen los derechos de las víctimas de delitos.

 

Algunos de los derechos y libertades fundamentales más importantes recogidos en la Constitución Española son:

 

  • Derecho a la vida: Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral.

  • Libertad ideológica: Todos tienen derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto de forma individual o colectiva.

  • Derecho a la educación: Todos tienen derecho a la educación, que será gratuita en el primer ciclo de la enseñanza básica.

  • Derecho a la salud: Todos tienen derecho a la protección de la salud.

  • Derecho al trabajo: Todos tienen derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.

  • Derecho a la vivienda: Todos tienen derecho a una vivienda digna y adecuada.

  • Derecho a la seguridad social: Todos tienen derecho a la seguridad social, que garantizará la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.

  • Derecho a la participación política: Todos tienen derecho a participar en la vida política, directamente o por medio de representantes.

  • Derecho a la igualdad: Todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Capítulo III: De los principios rectores de la política social y económica

 

El capítulo III de la Constitución Española recoge los principios rectores de la política social y económica. Estos principios son directrices para la acción del Estado, y tienen como objetivo garantizar el bienestar social y económico de los ciudadanos.

Algunos de los principios rectores de la política social y económica más importantes recogidos en la Constitución Española son:

 

  • La justicia social: El Estado promoverá la justicia social y la erradicación de la pobreza.

  • La igualdad de oportunidades: El Estado promoverá la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, sin discriminación alguna.

  • La protección de la salud: El Estado garantizará la protección de la salud de todos los ciudadanos.

  • La protección de la familia: El Estado protegerá la familia como base de la sociedad.

  • La protección del medio ambiente: El Estado promoverá la protección del medio ambiente.

4. Sus garantías.

 

Las garantías de los derechos fundamentales en la Constitución Española son las medidas que se ponen en marcha para proteger estos derechos y libertades. Estas garantías se dividen en dos tipos:

 

  • Garantías normativas: Son las que se establecen en la propia Constitución, como el principio de jerarquía normativa, que establece que la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico español.

  • Garantías institucionales: Son las que se establecen en los diferentes órganos del Estado, como el Tribunal Constitucional, que es el encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales.

Garantías normativas

 

Las garantías normativas de los derechos fundamentales en la Constitución Española son las siguientes:

 

  • Inviolabilidad: Los derechos fundamentales son inviolables, es decir, que no pueden ser limitados por el Estado.

  • Inalienabilidad: Los derechos fundamentales son inalienables, es decir, que no pueden ser vendidos, cedidos o renunciados.

  • Imprescriptibilidad: Los derechos fundamentales son imprescriptibles, es decir, que no caducan con el paso del tiempo.

  • Irrenunciabilidad: Los derechos fundamentales son irrenunciables, es decir, que no pueden ser renunciados por los ciudadanos.

Garantías institucionales

 

Las garantías institucionales de los derechos fundamentales en la Constitución Española son las siguientes:

 

  • Tribunal Constitucional: El Tribunal Constitucional es el órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales.

  • Poder judicial: El Poder judicial es el encargado de aplicar la Constitución y las leyes, y de garantizar que los derechos fundamentales se respeten.

  • Cortes Generales: Las Cortes Generales son el órgano encargado de elaborar las leyes, y de velar por que estas no violen los derechos fundamentales.

  • Gobierno: El Gobierno es el órgano encargado de la ejecución de las leyes, y de velar por que estas se cumplan.

Otras garantías

 

Además de las garantías normativas e institucionales, existen otras garantías de los derechos fundamentales en la Constitución Española, como las siguientes:

 

  • Control parlamentario: Las Cortes Generales pueden controlar la actuación del Gobierno para garantizar que este respeta los derechos fundamentales.

  • Control judicial: Los ciudadanos pueden acudir a los tribunales para que estos protejan sus derechos fundamentales si estos son vulnerados por el Estado.

  • Protección internacional: Los ciudadanos españoles también pueden acudir a los tribunales internacionales para que estos protejan sus derechos fundamentales si estos son vulnerados por el Estado español.

Las garantías de los derechos fundamentales son esenciales para garantizar que estos derechos y libertades se respeten y se cumplan. Estas garantías permiten que los ciudadanos españoles puedan vivir en una sociedad libre, justa y democrática.

 


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