Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 8. De los Tribunales de Instancia y del Tribunal Central de Instancia. Examen de la organización y competencia de los Tribunales de Instancia: Sección Única, Secciones Civil, De Instrucción, De Familia, Infancia y Capacidad, De lo Mercantil, De Violencia sobre la Mujer, De Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, De lo Penal, De Menores, De Vigilancia Penitenciaria, De lo Contencioso-Administrativo y De lo Social. La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante: Tribunal de Marca de la Unión Europea.| Temas Online TemasyTEST
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Los Tribunales de Instancia y el Tribunal Central de Instancia
representan la principal
novedad organizativa introducida por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (publicada en
BOE el 3 de enero de 2025, con entrada en vigor progresiva, consolidada
plenamente a principios de 2026). Esta reforma sustituye los más de 3.900
juzgados unipersonales por 431 Tribunales de Instancia (uno por cada partido
judicial), configurándolos como órganos colegiados para mejorar la eficiencia,
especialización, distribución de cargas y flexibilidad, sin alterar el ejercicio
individual de la función jurisdiccional por los jueces/magistrados.
Cada
Tribunal de Instancia cuenta con una Oficina Judicial única que presta apoyo
administrativo y técnico común a todas sus secciones.
Organización general de los Tribunales de Instancia
-
Estructura básica (arts. 84 y ss. LOPJ
modificados):
-
Regla general: un Tribunal de Instancia por
partido judicial.
-
Integrado por secciones especializadas
(número y plazas judiciales determinadas por la Ley de Demarcación y
Planta Judicial, aprobadas por real decreto tras informe del CGPJ y CCAA
competentes).
-
Composición: Jueces/magistrados asignados a
plazas numeradas en cada sección (inamovilidad relativa, pero
posibilidad de reparto flexible por necesidades).
-
Presidencia: El juez decano anterior pasa a
presidir el Tribunal de Instancia.
-
Secciones mínimas obligatorias (art. 84 LOPJ):
-
Sección Única (en partidos judiciales
pequeños: acumula civil y penal/instrucción).
-
O bien Sección Civil + Sección de
Instrucción (en partidos con más carga).
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Secciones especializadas adicionales
(posibles según volumen y planta judicial, arts. 86-94 LOPJ): Familia,
Infancia y Capacidad; Mercantil; Violencia sobre la Mujer; Violencia contra
la Infancia y Adolescencia; Penal; Menores; Vigilancia Penitenciaria;
Contencioso-Administrativo; Social.
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Ámbito territorial: Generalmente el partido
judicial, pero algunas secciones especializadas pueden extenderse a varios
partidos o provincia (ej. Violencia sobre la Mujer o Mercantil en algunos
casos).
Competencias de las secciones de los Tribunales de Instancia
Las
competencias heredan y homogeneizan las de los antiguos juzgados unipersonales/specializados,
asumiendo primera instancia y/o instrucción según orden jurisdiccional.
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Sección Única (civil y de instrucción, en
partidos pequeños):
-
Competencias mixtas de los antiguos Juzgados
de Primera Instancia e Instrucción (civil general + instrucción penal +
enjuiciamiento delitos leves).
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Sección Civil (o parte de Sección Única):
-
Conocimiento en primera instancia de
procesos civiles ordinarios, verbales, monitorios, familia (divorcios,
medidas paternofiliales, etc.), capacidad, sucesiones, contratos,
propiedad, etc. (art. 85 LOPJ).
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Secciones de Instrucción:
-
Fase de instrucción penal (diligencias
previas, sumario, etc.) en delitos no competencia de Audiencia
Provincial o AN.
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Enjuiciamiento de delitos leves y juicios
rápidos.
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Sección de Familia, Infancia y Capacidad
(art. 86 LOPJ):
-
Procesos de familia (separación, divorcio,
nulidad, medidas, adopción, filiación).
-
Tutelas, curatelas, incapacitaciones,
declaración de prodigalidad, protección de menores en riesgo (no
jurisdicción de Menores propiamente).
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Sección de lo Mercantil:
-
Concursos de acreedores, acciones
societarias, competencia desleal, propiedad industrial/intelectual,
transporte, seguros marítimos, etc. (competencias de antiguos Juzgados
de lo Mercantil).
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Sección de Violencia sobre la Mujer (art. 87
LOPJ):
-
Delitos de violencia de género (instrucción
y enjuiciamiento si leves o conforme), medidas cautelares, órdenes de
protección, procesos civiles derivados (divorcio con violencia,
custodia, etc.).
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Sección de Violencia contra la Infancia y la
Adolescencia:
-
Delitos contra menores (abusos, pornografía
infantil, maltrato, etc.), instrucción y enjuiciamiento especializado,
protección integral.
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Sección de lo Penal:
-
Enjuiciamiento en primera instancia de
delitos graves no competencia de jurado o Audiencia (delitos menos
graves con posible conformidad, etc.), tras instrucción.
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Sección de Menores:
-
Jurisdicción de menores: medidas de reforma
para infractores entre 14-18 años, protección de derechos de menores en
conflicto con la ley (heredado de Juzgados de Menores).
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Sección de Vigilancia Penitenciaria:
-
Control de ejecución de penas privativas de
libertad, clasificación, permisos, progresión grados, recursos contra
resoluciones penitenciarias.
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Sección de lo Contencioso-Administrativo:
-
Recursos contra actos administrativos
locales/provinciales (ayuntamientos, diputaciones, etc.),
expropiaciones, sanciones administrativas no nacionales.
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Sección de lo Social:
-
Conflictos laborales individuales/colectivos
de ámbito local/provincial, prestaciones Seguridad Social, despidos,
salarios, etc. (heredado de Juzgados de lo Social).
Tribunal Central de Instancia
-
Organización (art. 95 LOPJ modificado):
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Sede en Madrid, jurisdicción en todo el
territorio nacional.
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Sustituye a los antiguos Juzgados Centrales
de Instrucción, Penal, etc.
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Se constituye transformando los Juzgados
Centrales existentes (finales 2025).
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Secciones: Instrucción, Penal, Menores,
Vigilancia Penitenciaria, Contencioso-Administrativo (posiblemente más
según necesidades).
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Presidencia: El decano de los antiguos
Juzgados Centrales.
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Competencias principales:
-
Materias de ámbito nacional o
supraautonómico que antes correspondían a Juzgados Centrales.
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Sección de Instrucción: Diligencias previas
en delitos competencia de Audiencia Nacional (terrorismo, crimen
organizado, etc.).
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Sección Penal: Enjuiciamiento de delitos
competencia AN si no llega a Sala Penal.
-
Sección de Menores: Casos de menores en
delitos graves nacionales.
-
Sección de Vigilancia Penitenciaria:
Ejecución penas en prisiones de ámbito nacional o especiales.
-
Sección Contencioso-Administrativo: Recursos
contra actos de órganos centrales del Estado en materias específicas.
En
febrero de 2026, la implantación está avanzada (constitución plena de la mayoría
de Tribunales de Instancia desde finales 2025/principios 2026), con énfasis en
la especialización y apoyo de Oficinas Judiciales para reducir dilaciones.
La
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Alicante, en el
marco de la reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (vigente y
consolidada en 2026), asume y amplía las competencias especializadas que
tradicionalmente correspondían a los antiguos Juzgados de lo Mercantil de
Alicante (especialmente los números 1, 2 y 4). Esta sección se denomina
específicamente Tribunal de Marca de la Unión Europea (o Tribunal de Primera
Instancia de Marca de la Unión Europea) cuando ejerce su competencia exclusiva
en materia de marcas y diseños de la UE.Esta designación exclusiva se mantiene
desde su creación en 2003-2004 (Ley Orgánica 8/2003 y posteriores adaptaciones),
motivada por la sede en Alicante de la Oficina de Propiedad Intelectual de la
Unión Europea (EUIPO), lo que optimiza recursos, agiliza comunicaciones y
aprovecha la especialización acumulada de profesionales y operadores jurídicos
en la zona.Organización de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia
de Alicante (2026)
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Integración en el Tribunal de Instancia de
Alicante: Forma parte del Tribunal de Instancia único del partido judicial
de Alicante (capital provincial), con jurisdicción provincial general en lo
mercantil, pero extendida a todo el territorio nacional (y paneuropea en
ciertos casos) para las materias de marca UE.
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Estructura:
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Compuesta por varios magistrados/jueces
especializados (plazas específicas para marca UE, con ampliaciones
progresivas en 2025-2026 para absorber carga).
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Cuenta con apoyo de la Oficina Judicial
única del Tribunal de Instancia (gestión administrativa, tramitación,
mediación, etc.).
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Coordinación: Existe un coordinador
específico del Tribunal de Primera Instancia de Marca de la Unión
Europea (designado anualmente por la Sala de Gobierno del TSJ Comunidad
Valenciana; en 2026, referencias a magistrados como Gustavo Andrés
Martín Martín en funciones de coordinación).
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Sede: Calle Alona, 26 (Alicante), con
traslados temporales en 2025 y obras para nueva sede definitiva (frente a
Pardo Giménez 43) previstas para finalizar a finales de 2026 o inicios 2027,
destinando 3,3 millones de euros para centralizar y dignificar
instalaciones.
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Especialización: Alta litigiosidad en
propiedad industrial (marcas, diseños), con protocolos específicos (ej.
guardia rápida para Mobile World Congress 2026, colaboración con Barcelona).
Competencias específicas como Tribunal de Marca de la Unión Europea
Según el art. 87 LOPJ (modificado por LO 1/2025) y Reglamentos UE:
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Competencia exclusiva en primera instancia
con jurisdicción en todo el territorio nacional (y efectos paneuropeos):
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Acciones al amparo del Reglamento (UE)
2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea (MUE): infracciones,
nulidades, caducidades, acciones por violación, medidas cautelares, etc.
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Acciones al amparo del Reglamento (CE) n.º
6/2002 sobre dibujos y modelos comunitarios: infracciones, nulidades,
etc.
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Competencia acumulativa o conexa:
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Demandas civiles donde se acumulen acciones
relativas a marcas UE y marcas nacionales/internacionales idénticas o
similares.
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Cualquier otra conexión si al menos una
acción se basa en registro/solicitud de marca UE.
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Otras competencias mercantiles generales
(provinciales):
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Concursos, sociedades, competencia desleal,
propiedad industrial/intelectual no UE, contratos mercantiles, etc.
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Procedimientos destacados:
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Infracciones, importaciones paralelas no
consentidas (doctrina confirmada por TS en sentencias 2025, ej. Ron
Barceló).
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Medidas cautelares urgentes, mediación
(colaboración con WIPO y EUIPO).
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Recursos de apelación van a la Sección
Mercantil especializada de la Audiencia Provincial de Alicante (que
actúa como Tribunal de Marca de la Unión Europea en segunda instancia).
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