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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 21. Las resoluciones de los órganos judiciales. Clases de resoluciones judiciales: Contenido y características. Las resoluciones de los órganos judiciales colegiados. Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.| Temas Online TemasyTEST



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Las resoluciones de los órganos judiciales son los actos emanados del juez, magistrado o tribunal que deciden o impulsan el procedimiento, produciendo efectos procesales (art. 212 LEC y arts. 236 a 240 LOPJ). Se distinguen de los actos de las partes (escritos, comparecencias) y de los LAJ (decretos y diligencias de ordenación).En el modelo vigente en febrero de 2026, tras la plena implantación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (LO 1/2025), los Tribunales de Instancia son órganos colegiados organizativamente (art. 84 LOPJ modificado), aunque el enjuiciamiento en primera instancia sigue siendo unipersonal (juez/magistrado asignado a sección). Esto no altera la naturaleza de las resoluciones jurisdiccionales, que mantienen su clasificación tradicional en la LEC (arts. 212 a 221), pero se adaptan al nuevo reparto y servicios comunes.

Clases de resoluciones judiciales: Contenido y características

La LEC clasifica las resoluciones judiciales en tres tipos principales (art. 212 LEC), con contenido y características específicas:

Otras resoluciones:

Requisitos comunes (art. 218 LEC): Motivación suficiente (salvo providencias), claridad, congruencia, firma del juez/magistrado (o LAJ si procede), fecha y sello.

Las resoluciones de los órganos judiciales colegiados

Los órganos colegiados (Audiencias Provinciales, TSJ, TS, y Tribunales de Instancia como órganos colegiados organizativos) dictan resoluciones por mayoría (art. 236 LOPJ).

Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia

Los LAJ dictan resoluciones en su ámbito de competencia (art. 437 LOPJ, ampliado por LO 1/2025):

En resumen, las resoluciones judiciales mantienen su clasificación clásica (providencias, autos, sentencias), con motivación y recurribilidad según tipo. La LO 1/2025 potencia las resoluciones de LAJ y adapta el funcionamiento colegiado en Tribunales de Instancia (sin cambiar enjuiciamiento unipersonal en primera instancia).


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