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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 25. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000: Diligencias preparatorias, diligencias preliminares. Averiguación de hechos, aseguramiento y práctica anticipada de la prueba. Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional.| Temas Online TemasyTEST



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Los procedimientos declarativos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), regulan los procesos ordinario y verbal como cauces principales para resolver contiendas civiles sin tramitación especial (art. 249 y ss.). Dentro de las disposiciones comunes a estos procedimientos (Libro II, Título I), destacan instituciones preparatorias y probatorias que facilitan la formulación de la demanda, la delimitación del litigio y la obtención o preservación de elementos de prueba.

A fecha de febrero de 2026, la LEC se encuentra actualizada por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (vigente progresivamente desde abril de 2025), que modifica aspectos procesales pero no altera sustancialmente las diligencias preliminares ni la prueba anticipada/aseguramiento (arts. 256-263 y 293-298 LEC siguen vigentes en su núcleo).

Diligencias preparatorias y diligencias preliminares

La LEC distingue implícitamente:

Artículo 256 LEC (clases y solicitud):

Se enumeran taxativamente 11 supuestos (ampliados en reformas previas, especialmente en propiedad intelectual/industrial y competencia desleal):

  1. Declaración jurada sobre capacidad, representación o legitimación.
  2. Exhibición de cosa en poder del futuro demandado.
  3. Exhibición del testamento o acto de última voluntad.
  4. Exhibición de documentos o cosas por tercero.
  5. Declaración de testigos o peritos sobre hechos relevantes.
  6. Reconocimiento judicial de lugar o cosa.
  7. Exhibición de documentos bancarios, comerciales, etc., en infracciones de propiedad industrial/intelectual a escala comercial (con principio de prueba de infracción).
  8. Otros supuestos específicos (ej. en acciones colectivas o competencia desleal).

La solicitud debe indicar:

Tramitación (arts. 257-263):

No se confunden con la prueba anticipada (art. 293): las preliminares preparan el juicio; la anticipada constata hechos por riesgo de pérdida.

Averiguación de hechos, aseguramiento y práctica anticipada de la prueba

Estos institutos (Capítulo V del Título I, Libro II) protegen la prueba ante riesgos de desaparición o alteración:

Diferencias clave:

Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC)

La LO 1/2025 introduce un fuerte impulso a los MASC como requisito de eficiencia procesal (Título II, Capítulo I). Define MASC como cualquier actividad negociadora (de buena fe) para solución extrajudicial, con o sin tercero neutral (art. 2 LO 1/2025).

Principales modalidades (art. 14-19 LO 1/2025 y modificaciones LEC):

Impacto en LEC (modificaciones por LO 1/2025):

En resumen, la LEC 1/2000 (con reformas 2025) prioriza la preparación eficiente del proceso (diligencias preliminares), la protección probatoria (aseguramiento y anticipada) y la desjudicialización vía MASC, alineándose con principios de eficiencia, oralidad y buena fe procesal. Para casos concretos, consultar el texto consolidado en BOE (última actualización febrero 2025) o normativa autonómica complementaria.


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