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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 29. Procesos especiales: El proceso monitorio. Concepto y características. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento: petición inicial y documentos. Admisión. Requerimiento de pago y posibles conductas del demandado. La transformación del procedimiento. La cosa juzgada. El proceso monitorio europeo. El juicio cambiario. Concepto y características. Naturaleza. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento. La sentencia sobre la oposición y su eficacia.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


Los procesos especiales de proceso monitorio y juicio cambiario se regulan en el Libro IV, Título III de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) (arts. 812 a 827). Son procedimientos abreviados y ejecutivos para reclamación de deudas dinerarias documentadas, con énfasis en rapidez y eficacia.

A fecha de febrero de 2026, la regulación básica se mantiene vigente tras la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (entrada en vigor progresiva desde 3 de abril de 2025). Esta LO introduce el requisito general de MASC (medios adecuados de solución de controversias) como procedibilidad previa en muchos procesos civiles (art. 5 LO 1/2025), pero excluye expresamente del MASC obligatorio al juicio cambiario (art. 5.3.h LO 1/2025) y, en la práctica, al proceso monitorio (no incluido en exclusiones, pero con debate doctrinal por su naturaleza ejecutiva y transformación; en monitorio contra consumidores, hay control previo de abusividad por RD-ley 6/2023 incorporado). Además, ajusta plazos en oposición monitoria (art. 818 LEC reformado: 5 días para proponer prueba tras impugnación oposición).

El proceso monitorio. Concepto y características

Concepto (art. 812 LEC): Procedimiento especial para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, documentadas por principio de prueba. Es ejecutivo (despacho de ejecución directa si no pago ni oposición) y transformable en declarativo si oposición.

Características principales:

Casos en que procede (art. 812 LEC)

Competencia (art. 813 LEC)

Procedimiento: petición inicial y documentos. Admisión. Requerimiento de pago y posibles conductas del demandado

La transformación del procedimiento

La cosa juzgada

El proceso monitorio europeo

Regulado por Reglamento (CE) 1896/2006 (vigente en 2026, sin modificaciones relevantes post-Brexit para España). Proceso uniforme para cobro transfronterizo de créditos pecuniarios determinados, vencidos y exigibles en UE (excepto Dinamarca). Ámbito: asuntos transfronterizos (al menos dos Estados miembros). Formulario estándar UE. Competencia: reglas Reglamento Bruselas I bis. Título ejecutivo en todos los Estados miembros sin exequátur. En España: tramitado como monitorio nacional con especialidades (Disposición final 23ª LEC, introducida por Ley 4/2011). Solicitud ante Juzgado competente; posible oposición ante tribunal emisor.

El juicio cambiario. Concepto y características. Naturaleza

Concepto (arts. 819-827 LEC): Procedimiento especial para ejecución de títulos cambiarios (letra de cambio, pagaré, cheque) con fuerza ejecutiva propia.

Características:

Casos en que procede

Competencia

Procedimiento

La sentencia sobre la oposición y su eficacia

En resumen, ambos procesos priorizan rapidez en cobro de deudas documentadas/tituladas, con ejecución directa y transformación/contradicción posterior. El monitorio es más amplio (cualquier deuda documentada); el cambiario, específico de títulos cambiarios. Para texto consolidado actualizado (incluyendo reformas LO 1/2025), consultar BOE o sede CGPJ.

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