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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 30. Los procesos matrimoniales y sus clases. Competencia. Procedimientos: a) nulidad, separación y divorcio contenciosos; b) separación o divorcio de mutuo acuerdo. Referencia a las crisis de las uniones estables de pareja. Medidas Provisionales. Medidas definitivas. Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas. Los procesos especiales: Características comunes. Los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad: competencia y legitimación; pruebas preceptivas en primera y en segunda instancia; la sentencia; la revisión de las medidas de apoyo judicialmente adoptadas.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


Los procesos matrimoniales se regulan en el Capítulo IV del Título I del Libro IV de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) (arts. 769 a 778 aproximadamente), con modificaciones introducidas por leyes posteriores como la Ley 15/2015 (Jurisdicción Voluntaria), Ley 8/2021 (apoyo a personas con discapacidad) y, más recientemente, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (vigente progresivamente desde abril de 2025). Esta última LO refuerza los MASC (medios adecuados de solución de controversias) como requisito de procedibilidad en procesos de separación y divorcio (salvo excepciones como urgencia o violencia), pero excluye expresamente los procesos sobre medidas de apoyo a personas con discapacidad (art. 5 LO 1/2025).

Los procesos matrimoniales y sus clases

Los procesos matrimoniales abarcan nulidad, separación y divorcio, con dos clases principales:

Incluyen regulación de medidas paterno-filiales (guarda, custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, uso vivienda familiar, etc.), animales de compañía y aspectos económicos (pensión compensatoria, cargas matrimoniales).

Competencia (art. 769 LEC)

Procedimientos

a) Nulidad, separación y divorcio contenciosos (art. 770 LEC)

b) Separación o divorcio de mutuo acuerdo (art. 777 LEC)

Referencia a las crisis de las uniones estables de pareja

No existe regulación estatal uniforme para uniones de hecho o parejas estables (a diferencia de matrimonio). No hay proceso matrimonial específico; crisis se resuelven por vías generales:

Medidas Provisionales

Medidas definitivas

Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas

Los procesos especiales: Características comunes

Los procesos especiales (Libro IV LEC) comparten: tramitación preferente, oralidad en vista, intervención Ministerio Fiscal (menores/discapacidad), postulación obligatoria (salvo excepciones), fomento acuerdos/MASC.

Los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad

Regulados en Capítulo I Título I Libro IV LEC (arts. 756 bis ss., introducidos por Ley 8/2021), alineados con Convención ONU Discapacidad y reforma CC (Título XI Libro I CC).

Competencia y legitimación (art. 757 LEC):

Pruebas preceptivas en primera y segunda instancia:

La sentencia:

La revisión de las medidas de apoyo judicialmente adoptadas:

En resumen, la LEC (con LO 1/2025) prioriza acuerdos (MASC), protección vulnerables y eficiencia, alineándose con derechos fundamentales y Convención Discapacidad.


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