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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 37. Ejecuciones no dinerarias. Ejecuciones de dar, de hacer y de no hacer. Determinación de frutos y rentas. Liquidación de daños y perjuicios. Ejecución de sentencias que llevan aparejada la entrega de la posesión de un inmueble, especial referencia a las sentencias de ejecución de desahucios.| Temas Online TemasyTEST



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Las ejecuciones no dinerarias se regulan en el Libro III, Título V de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) (arts. 698 a 747 aproximadamente), como ejecución forzosa de obligaciones que no consisten en el pago de una cantidad de dinero, sino en entregar cosa (dar), realizar acto (hacer) o abstenerse (no hacer). Su objetivo es hacer efectivo el cumplimiento específico de la obligación mediante medidas coactivas, con posible conversión en dineraria si no se cumple.

A fecha de febrero de 2026, la LEC mantiene su regulación básica en ejecuciones no dinerarias tras la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (vigente progresivamente desde abril de 2025). Esta LO introduce suspensiones para derivar a MASC (mediación u otros medios adecuados de solución de controversias) en cualquier fase de ejecución (art. 19.5 LEC reformado), fomenta cumplimiento voluntario y agiliza trámites (notificaciones electrónicas, delegación procurador en actuaciones materiales), pero no altera sustancialmente la estructura de ejecuciones no dinerarias ni desahucios (salvo refuerzo MASC previo en demandas de desahucio arrendaticio, art. 403.2 LEC).

Ejecuciones de dar, de hacer y de no hacer

Determinación de frutos y rentas

Liquidación de daños y perjuicios

Ejecución de sentencias que llevan aparejada la entrega de la posesión de un inmueble. Especial referencia a las sentencias de ejecución de desahucios

En resumen, las ejecuciones no dinerarias priorizan cumplimiento específico (con coacción/multas), subsidiariedad dineraria y protección vulnerables (especial desahucios vivienda habitual). LO 1/2025 refuerza MASC y eficiencia (suspensiones, digitalización), sin cambios nucleares en lanzamiento/desahucio. Para texto consolidado, consultar BOE o CGPJ (versión febrero 2026). Normativa complementaria: LAU, Ley Derecho Vivienda, prórrogas vulnerabilidad.


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