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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 45. El Sumario: Incoación del proceso. Las actuaciones de la Policía Judicial. Comprobación del delito: Cuerpo del delito. Identificación del presunto delincuente. La inspección ocular. Declaraciones testificales. Prueba pericial y su valor. Prueba documental. Piezas de convicción.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


El sumario (o procedimiento ordinario/sumario ordinario) en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) vigente en febrero de 2026 regula el proceso penal para delitos con pena privativa de libertad superior a 9 años (art. 14.3 y 300 LECrim), aunque en la práctica se aplica a delitos graves cuando no procede el procedimiento abreviado o especial. Es un procedimiento mixto con fase de instrucción exhaustiva a cargo del juez de instrucción.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce reformas puntuales (como refuerzo de la audiencia preliminar en abreviado, pero con efectos limitados en sumario; no altera sustancialmente la estructura del sumario). El Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), aprobado en octubre de 2025 y en tramitación parlamentaria (entrada en vigor prevista para 1 de enero de 2028), suprime el sumario tradicional: unifica procedimientos en uno general con investigación dirigida por el Ministerio Fiscal (bajo control del juez de garantías), eliminando al juez instructor.

A continuación, se detalla el régimen vigente en febrero de 2026 (LECrim arts. 299 y ss., Libro II, Título IV y ss.).

Incoación del proceso (sumario)

Las actuaciones de la Policía Judicial

Comprobación del delito: Cuerpo del delito

Identificación del presunto delincuente

La inspección ocular

Declaraciones testificales

Prueba pericial y su valor

Prueba documental

Piezas de convicción

En resumen, en febrero de 2026 el sumario mantiene su estructura clásica: incoación por auto judicial, instrucción exhaustiva por juez (con apoyo policial), comprobación del cuerpo del delito e identificación del investigado mediante diligencias como inspección ocular, testificales, periciales, documentales y piezas de convicción. Culmina en auto de conclusión (art. 622) y transformación a procedimiento abreviado si pena ≤9 años, o juicio oral en Audiencia Provincial.

La LOECrim pendiente elimina esta figura: pasa a fase de investigación fiscal (preliminar + principal), con juez de garantías para medidas invasivas, audiencia preliminar y juicio oral directo, alineándose con modelos acusatorios europeos.

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