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Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 64. Disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos: Plazos. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. costas procesales. Ejecución de sentencias.| Temas Online TemasyTEST

Temario Oposiciones Administración de Justicia :: Tema 64. Disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos: Plazos. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. costas procesales. Ejecución de sentencias.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


Las disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos se regulan principalmente en el Título IV de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) (versión consolidada vigente a febrero de 2026, incorporando reformas hasta la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, aunque esta LO afecta más al procedimiento civil y tiene impacto limitado y de agilización en el contencioso).Estas disposiciones se aplican supletoriamente o directamente a todos los procedimientos (ordinario, abreviado y especiales), salvo especialidades propias.

1. Plazos (arts. 128 LJCA y concordantes; supletoriamente LOPJ y LEC)

  • Cómputo → Días hábiles (art. 30 LJCA). Se excluyen sábados, domingos, festivos nacionales, autonómicos y locales, y agosto (inhábil para plazos procesales, art. 183 LOPJ, salvo habilitación excepcional).
  • Reglas generales (art. 128 LJCA):
    • Los plazos se computan desde el día siguiente a la notificación o publicación.
    • Posibilidad de habilitar días inhábiles en casos de urgencia (especialmente en protección de derechos fundamentales, medidas cautelares o suspensiones).
    • Prórroga excepcional por causa justificada.
    • Suspensión por fuerza mayor o acuerdo de las partes (limitado).
  • Plazos más habituales:
    • Interposición de recurso: 2 meses (ordinario), 20 días hábiles (abreviado), 10 días (especiales como derechos fundamentales o suspensión acuerdos).
    • Contestación: 20 días hábiles (ordinario), 10 días (abreviado).
    • Alegaciones en incidentes: 5-10 días.
    • Recursos: reposición 5 días; apelación 15 días; casación 30 días.
  • La LO 1/2025 no altera sustancialmente los plazos del contencioso, pero refuerza la agilización general y la habilitación en supuestos urgentes.

2. Medidas cautelares (arts. 129 a 136 LJCA)

Son disposiciones clave para asegurar la efectividad de la sentencia (parte del derecho a tutela efectiva).

  • Solicitud → En cualquier estado del proceso (incluso antes de demanda formal, art. 129.1).
  • Tipos → Suspensión de actos o disposiciones (la más común), adopción de medidas positivas (ej. reincorporación provisional, cesación de vías de hecho), otras que aseguren la efectividad (art. 129).
  • Requisitos (art. 130):
    • Periculum in mora: Que la ejecución haga perder su finalidad legítima al recurso.
    • Ponderación de intereses → Circunstanciada de todos los concurrentes (público vs. privado; no basta apariencia de buen derecho, STS reiterada).
    • No se exige fianza salvo excepciones (art. 131.3).
  • Tramitación (incidente cautelar, art. 131):
    • Pieza separada.
    • Audiencia a la Administración (plazo ≤10 días).
    • Resolución por auto en 5 días.
    • Recurso de apelación posible (según cuantía y naturaleza).
  • Duración y modificación (art. 132): Hasta sentencia firme o fin del proceso; modificables/revocables si cambian circunstancias (no por avances en el fondo).
  • Responsabilidad (art. 134): Posible indemnización por daños si se levanta la medida (incidente posterior, plazo 1 año).
  • La LO 1/2025 permite suspensión cautelar para derivar a medios alternativos de solución de controversias (MASC), aunque con aplicación limitada en contencioso.

3. Incidentes e invalidez de actos procesales (arts. 137 y 138 LJCA)

  • Incidentes → Cualquier cuestión incidental se tramita en pieza separada (salvo excepciones), con audiencia y resolución por auto.
  • Invalidez de actos procesales (art. 238 LOPJ supletorio + art. 137 LJCA):
    • Nulidad de pleno derecho: Falta de competencia, indefensión material, etc.
    • Anulabilidad: Vicios formales subsanables.
    • Subsanación: Posible en muchos casos (art. 138).
    • Plazo para alegar: En el primer escrito posterior al conocimiento del vicio (preclusión).
  • Control por el tribunal de oficio en algunos supuestos (nulidades radicales).

4. Costas procesales (art. 139 LJCA)

  • Principio general → No se imponen costas salvo cuando la pretensión sea manifiestamente infundada o temeraria (art. 139.1).
  • Excepciones:
    • Estimación total o parcial → No costas (salvo mala fe o temeridad).
    • Desestimación → Posible condena si abuso o mala fe.
    • Recursos → Similar criterio restrictivo.
  • Tasación → Por el Letrado de la Administración de Justicia; impugnable.
  • La LO 1/2025 introduce novedades en civil (exoneración/moderación por colaboración en MASC y propuestas no aceptadas), pero no modifica directamente el art. 139 LJCA (principio restrictivo se mantiene en contencioso).

5. Ejecución de sentencias (arts. 103 a 112 LJCA, Título IV Capítulo IV)

  • Principios → Ejecución provisional posible (art. 104); ejecución forzosa si no cumplimiento voluntario.
  • Plazo para cumplimiento → 2 meses desde firmeza (art. 103.2), salvo disposición contraria.
  • Tramitación:
    • Incidente de ejecución (art. 105): Demanda de ejecución por la parte vencedora.
    • Audiencia a la Administración (20 días).
    • Medidas de ejecución: Embargo, apremio, multas coercitivas (art. 106-108).
    • Sentencias de condena a pagar cantidades: Procedimiento ejecutivo directo.
    • Sentencias anulatorias: Restablecimiento situación (art. 106).
  • Infracción: Posible multa personal a autoridades (art. 110) o responsabilidad patrimonial.
  • Suspensión → Posible en casos tasados (ej. interés público superior, art. 104).
  • La LO 1/2025 introduce posibilidad de suspensión para MASC en ejecución, aunque con alcance reducido en contencioso.

Resumen comparativo:

Materia

Artículos principales

Principio clave

Plazo típico / Característica principal

Plazos

128 LJCA

Días hábiles; agosto inhábil

Cómputo desde notificación; habilitación excepcional

Medidas cautelares

129-136

Periculum in mora + ponderación intereses

Solicitud en cualquier momento; incidente separado

Incidentes / Invalidez actos

137-138

Subsanación posible; nulidad de oficio

Alegación temprana; pieza separada

Costas procesales

139

No imposición salvo infundada/temeraria

Principio restrictivo; tasación por LAJ

Ejecución sentencias

103-112

Cumplimiento en 2 meses; forzosa si no

Incidente ejecución; multas coercitivas

Estas disposiciones garantizan uniformidad, celeridad y tutela efectiva.

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