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Curso de Derecho Penal Español :: Tema 33. Delitos contra la libertad sexual. Agresiones sexuales. Agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Excusa Absolutoria.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


Los delitos contra la libertad sexual (y la indemnidad sexual) se regulan en el Título VIII del Libro II del Código Penal español (arts. 178 a 194 bis), tras la profunda reforma introducida por la LO 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (conocida como "Ley del solo sí es sí"), modificada posteriormente por la LO 4/2023, de 27 de abril, para corregir efectos no deseados (como rebajas de penas en algunos casos) y reforzar la protección, especialmente de menores.La reforma clave es la unificación de las figuras de abuso sexual y agresión sexual en un único tipo: agresión sexual, centrado en la ausencia de consentimiento libre (art. 178.1: "Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona"). El consentimiento es expreso, revocable y no presumible; se excluye cuando hay violencia, intimidación o anulación de la voluntad (sumisión química, engaño grave, etc.).

Agresiones sexuales (Capítulo I: arts. 178 a 180)

Agresiones sexuales a menores de dieciséis años (Capítulo II: arts. 181 a 183 bis)

Desde la LO 10/2022 (y ajustes LO 4/2023), cualquier acto de carácter sexual con menor de 16 años es agresión sexual (no se distingue abuso/agresión). El consentimiento del menor es irrelevante por falta de capacidad madurativa plena.

Medidas especiales para menores: Privación obligatoria de patria potestad (4-10 años), inhabilitación contacto con menores (5-20 años), libertad vigilada obligatoria.

Excusa absolutoria (art. 183 bis, en relación con Capítulo II) Es la única excusa absolutoria expresa en los delitos contra la libertad sexual (excluye responsabilidad penal por razones de política criminal, pese a que el hecho sea típico y antijurídico).

Resumen comparativo de penas principales (vigente en 2026)

Delito / Modalidad

Artículo principal

Pena base

Pena agravada (violencia/intimidación/anulación)

Notas clave (LO 10/2022 + 4/2023)

Agresión sexual básica

178.1

Prisión 1-4 años

Consentimiento expreso/revocable

Agresión con violencia/intimidación

178.2

Prisión 6-12 años

Incluye sumisión química

Violación / acceso carnal

179-180

Prisión 4-12 años (según gravedad)

Prisión 12-15 años o más

Agravantes por vulnerabilidad

Agresión sexual a menor <16 (sin penetración)

181.1

Prisión 2-6 años

Prisión 5-10 años

Consentimiento irrelevante

Con acceso carnal a menor <16

181.3

Prisión 8-15 años

Superior (12-15 o grado más)

Obligatorias inhabilitaciones

Grooming / ciberacoso sexual

183

Prisión 1-3 años

Contacto online con fines sexuales

Excusa absolutoria

183 bis

Excluye pena

Solo proximidad edad/madurez + sin 178.2

Estos delitos son públicos en la mayoría de casos graves (perseguibles de oficio cuando víctima menor/desvalida), con denuncia requerida en leves (art. 191), pero el perdón no extingue la acción. La tendencia en 2026 es máxima protección (agravantes por género/vulnerabilidad, tratamientos obligatorios, prohibiciones amplias), con énfasis en prevención y asistencia integral a víctimas.

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