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Curso de Derecho Penal Español :: Tema 37. Delitos contra las relaciones familiares. Matrimonios ilegales. Suposición de parto y alteración de la paternidad, estado o condición del menor. Delitos contra los derechos y deberes familiares.| Temas Online TemasyTEST |
Los delitos contra las relaciones familiares se regulan en el Título XII del Libro II del Código Penal español (arts. 217 a 233), protegiendo el orden familiar, la filiación, el estado civil y los derechos y deberes familiares derivados de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento (art. 39 CE).
El bien jurídico principal es la estabilidad de las relaciones familiares y la protección de menores/personas con discapacidad necesitadas de especial protección.
El Título se divide en tres capítulos, sin reformas estructurales relevantes en los tipos básicos desde 2021 (LO 8/2021 reforzó protección de menores en arts. 220, 223-225, 225 bis, 229-232, pero la estructura se mantiene vigente en 2026).
Capítulo I: De los matrimonios ilegales (arts. 217-219)
Estos delitos protegen la validez del estado civil matrimonial y evitan uniones prohibidas o fraudulentas.
Estos delitos son privados (requieren denuncia del agraviado/representante).
Capítulo II: De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor (arts. 220-222)
Protegen la filiación y el estado civil del menor, evitando alteraciones fraudulentas que afecten su identidad y derechos.
Estos delitos suelen perseguirse de oficio cuando afectan menores; frecuentes en contextos de adopciones irregulares o tráfico de menores.
Capítulo III: De los delitos contra los derechos y deberes familiares (arts. 223-233)
Dividido en tres secciones, protege el cumplimiento de obligaciones familiares, especialmente hacia menores/vulnerables.
Sección 1ª: Quebrantamiento de deberes de custodia e inducción al abandono (arts. 223-225)
Sección 2ª: Sustracción de menores (art. 225 bis)
Sección 3ª: Abandono de familia, menores o personas con discapacidad (arts. 226-233)
Resumen comparativo de penas principales (vigente en 2026)
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Delito / Capítulo |
Artículo principal |
Pena base principal |
Agravantes clave |
Persecución/Notas clave |
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Bigamia / Matrimonios ilegales |
217-219 |
Prisión 6 meses-3 años o multa |
Inhabilitación si autoridad |
Privada (denuncia agraviado) |
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Suposición de parto / Alteración filiación |
220 |
Prisión 6 meses-3 años |
Inhabilitación 4-10 años (ascendientes) |
De oficio si menor |
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Entrega compensada de menor |
221 |
Prisión 1-5 años + inhabilitación 4-10 años |
Clausura establecimientos |
Tráfico de menores; incluye intermediarios |
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Quebrantamiento custodia / Inducción abandono |
223-224 |
Prisión 6 meses-2 años |
Atenuante restitución voluntaria |
Protección custodia judicial |
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Sustracción de menores |
225 bis |
Prisión 2-4 años + inhabilitación 4-10 años |
Traslado exterior: mitad superior |
Exención por devolución rápida |
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Abandono familia / Impago pensiones |
226-227 |
Prisión 3-6 meses o multa 6-12/24 meses |
Inhabilitación 4-10 años |
Privada (denuncia); reparación obligatoria |
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Abandono propio / Mendicidad |
229-232 |
Prisión 1-4 años (según gravedad) |
Peligro concreto; violencia |
Inhabilitación común (art. 233) |
Estos delitos priorizan la protección de menores y vulnerables (LO 8/2021 reforzó accesorios). La jurisprudencia del TS enfatiza la necesidad de dolo específico y la proporcionalidad en impagos/sustracciones.
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