temasytest Logo

Curso de Derecho Penal Español :: Tema 54. Acusación y denuncias falsas. Simulación de delito. Falso testimonio. Obstrucción a la Justicia y deslealtad profesional. Quebrantamiento de condena y de medidas cautelares. Delitos contra la Administración de Justicia de la Corte Penal Internacional.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


Los temas que mencionas corresponden al Título XX del Código Penal español ("Delitos contra la Administración de Justicia", arts. 446 a 471 bis, en la redacción consolidada vigente en enero de 2026, sin reformas estructurales relevantes desde las últimas modificaciones de 2022-2023 en otros títulos). Estos delitos protegen el correcto funcionamiento de la justicia, la veracidad en los procedimientos, la eficacia de las resoluciones judiciales y la confianza en el sistema penal, evitando abusos que generen procedimientos innecesarios, obstruyan la verdad o eludan el cumplimiento de penas.Se agrupan en los siguientes capítulos del título (continuando la secuencia de los anteriores que hemos visto):

Capítulo V: De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delito (arts. 456 y 457)

Castigan las imputaciones falsas que provocan actuaciones judiciales o policiales innecesarias, perjudicando la Administración de Justicia y, en muchos casos, el honor de terceros.

Diferencia clave: denuncia falsa implica acusar a alguien concreto; simulación, fingir un delito sin señalar autor.

Capítulo VI: Del falso testimonio (arts. 458 a 462)

Castiga la falsedad en declaraciones judiciales, protegiendo la búsqueda de la verdad.

Capítulo VII: De la obstrucción a la Justicia y la deslealtad profesional (arts. 463 a 467)

Protege la eficacia de las investigaciones y la lealtad de los profesionales.

Capítulo VIII: Del quebrantamiento de condena y de medidas cautelares (arts. 468 a 471)

Castiga el incumplimiento de resoluciones judiciales firmes o cautelares, obstaculizando la ejecución de la justicia.

Capítulo IX: De los delitos contra la Administración de Justicia de la Corte Penal Internacional (art. 471 bis)

Introducido por LO 15/2003 (ratificación del Estatuto de Roma), castiga conductas análogas pero ante la CPI (falso testimonio, presentación de pruebas falsas, destrucción/alteración de pruebas, obstrucción, corrupción/intimidación de testigos/funcionarios, represalias).

Estos delitos (especialmente denuncia falsa, falso testimonio y quebrantamiento) son frecuentes en la práctica judicial y suelen conllevar multas/inhabilitaciones como penas accesorias. El bien jurídico es la integridad del proceso penal y la ejecución efectiva de las decisiones judiciales.

Visitas Hoy.: 1276 :: (29000 Visitas Previstas) :: Total visitas desde 01/04/2009.: 40028285

Aviso Legal :: Reglas de Participacion :: Politica de consentimiento de usuarios