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Curso de Derecho Civil Español :: Tema 55. El contrato de arrendamiento de usos distintos del de vivienda. Derechos y obligaciones de las partes. Cesión del contrato y subarriendo. Resolución y extinción del contrato. Disposiciones comunes a los arrendamientos de vivienda y para usos distintos del de vivienda: fianza y formalización del contrato de arrendamiento.| Temas Online TemasyTEST |
En España, los arrendamientos para usos distintos del de vivienda (locales comerciales, oficinas, naves industriales, trasteros, garajes no vinculados a vivienda, etc.) se regulan principalmente por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su Título II (artículos 26 a 36), con aplicación supletoria del Código Civil y otras normas
A continuación se resumen los aspectos solicitados de forma clara y estructurada (normativa vigente a diciembre 2025, sin cambios relevantes en este ámbito desde la reforma de 2019/2023).
1. Derechos y obligaciones de las partes
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Obligaciones del arrendador (propietario) |
Obligaciones del arrendatario (inquilino) |
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Entregar el local en condiciones adecuadas para el uso pactado (art. 27) |
Pagar la renta y, en su caso, las cantidades asimiladas (art. 27.1) |
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Realizar las reparaciones necesarias para conservar la habitabilidad y el funcionamiento del local (salvo deterioro por uso normal) |
Usar el local conforme a lo pactado y al destino convenido (art. 27.2) |
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Mantener al arrendatario en el uso pacífico del local durante la duración del contrato |
Realizar las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario (art. 27.3) |
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No realizar obras que menoscaben la habitabilidad o el uso del local sin consentimiento |
Permitir las obras de conservación y mejora que sean necesarias (art. 27.4) |
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Responder de los vicios o defectos ocultos que impidan el uso (art. 1484 CC) |
No realizar obras sin consentimiento del arrendador (salvo pequeñas reparaciones) |
2. Cesión del contrato y subarriendo
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Aspecto |
Regla general (LAU 1994) |
Posibilidad de pacto en contrario |
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Cesión del contrato |
Prohibida salvo que el arrendador dé su consentimiento por escrito (art. 32.1) |
Sí: el contrato puede permitirla libremente o prohibirla expresamente |
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Subarriendo total |
Prohibido salvo consentimiento expreso y por escrito del arrendador (art. 32.1) |
Sí: se puede autorizar en el contrato |
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Subarriendo parcial |
Prohibido salvo que el contrato lo permita expresamente o el arrendador lo consienta |
Sí: se puede autorizar en el contrato |
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Consecuencia de cesión/subarriendo sin consentimiento |
El arrendador puede resolver el contrato por incumplimiento grave (art. 35.1.d) |
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Nota importante: desde la reforma de 2019, la cesión y subarriendo no son posibles automáticamente (como ocurría antes de 1995). Actualmente requieren siempre consentimiento expreso del arrendador, salvo pacto en contrario.
3. Resolución y extinción del contrato
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Causa de resolución (art. 35 LAU) |
Observaciones |
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a) Falta de pago de la renta o cantidades asimiladas |
Muy frecuente. No requiere previo requerimiento si se pactó resolución expresa por impago |
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b) Falta de pago de la fianza o su falta de reposición |
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c) Realización de obras no autorizadas en el local |
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d) Cesión o subarriendo sin consentimiento del arrendador |
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e) Uso del local distinto del pactado o que produzca molestias, daños o perjuicios |
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f) Incumplimiento grave de las obligaciones del arrendatario |
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Otras causas de extinción (art. 36 LAU): 23/12/2025
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Causa |
Duración / plazo |
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Vencimiento del plazo (contrato por tiempo determinado) |
Se extingue automáticamente al finalizar el plazo pactado |
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Denuncia por el arrendatario (si el contrato es de duración indeterminada) |
30 días de preaviso |
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Desistimiento del arrendatario (contrato de duración determinada) |
Solo si se pacta expresamente en el contrato (art. 36.2) |
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Muerte del arrendatario (persona física) |
No produce extinción automática salvo pacto en contrario |
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Extinción del derecho del arrendador (ej. fin de usufructo) |
Se extingue el arrendamiento |
4. Disposiciones comunes a arrendamientos de vivienda y de uso distinto de vivienda
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Aspecto |
Regla común (aplicable a ambos tipos) |
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Fianza |
Obligatoria. Importe: 1 mensualidad de renta para uso distinto de vivienda (art. 36.1 LAU) |
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Actualización de la fianza |
El arrendador puede exigir su actualización cuando la renta se actualice (art. 36.2) |
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Depósito de la fianza |
Debe depositarse en el organismo autonómico correspondiente (art. 36.3) |
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Formalización del contrato |
Debe hacerse por escrito (art. 37 LAU) |
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Contenido mínimo del contrato escrito |
Identificación de partes, descripción del inmueble, renta, duración, fianza, etc. |
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Resolución expresa por impago |
Puede pactarse que el impago de una sola mensualidad de renta o cantidades asimiladas sea causa de resolución (art. 27.4) |
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Cláusulas abusivas |
Nulas las que impongan al arrendatario obligaciones más gravosas que las previstas en la LAU (Ley 3/2019 y normativa de consumidores) |
Resumen rápido comparativo: Vivienda vs. Uso distinto de vivienda
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Aspecto |
Vivienda (Título I LAU) |
Uso distinto de vivienda (Título II LAU) |
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Duración mínima legal |
5/7 años (persona física) / 7 años (jurídica) |
La que libremente pacten las partes |
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Prórroga tácita |
Sí, hasta 5/7 años + 3 años de prórrogas |
No (salvo pacto contrario) |
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Desistimiento del inquilino |
Posible tras 6 meses con 30 días preaviso |
Solo si se pacta expresamente |
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Cesión y subarriendo |
Permitidos con comunicación (vivienda) |
Prohibidos salvo consentimiento expreso |
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Fianza |
1 mensualidad |
1 mensualidad |
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Actualización de renta |
Limitada por ley (IPC o índice aplicable) |
Libre pacto (o no actualización si no se pacta) |
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