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Curso de Derecho Civil Español :: Tema 61. El contrato de fianza: concepto, naturaleza y clases. Constitución, efectos y extinción.| Temas Online TemasyTEST



Indice de Temas


El contrato de fianza está regulado en el Código Civil español (arts. 1822 a 1856). Se trata de una garantía personal por la que una persona (fiador) se obliga frente al acreedor a pagar o cumplir una obligación ajena si el deudor principal no lo hace.

Concepto

Según el art. 1822 CC: "Por la fianza se obliga uno a pagar o cumplir por un tercero, en el caso de no hacerlo éste".
Puede pactarse que el fiador se obligue solidariamente con el deudor, en cuyo caso se aplican las reglas de la solidaridad (arts. 1137 a 1148 CC).

Naturaleza jurídica

Clases de fianza

Criterio

Clases

Características principales

Por su origen

Convencional Legal Judicial

Por acuerdo de partes. Impuesta por ley. Ordenada por juez (art. 1823 CC).

Por su remuneración

Gratuita Onerosa

Sin contraprestación (habitual). Con remuneración pactada al fiador.

Por su responsabilidad

Simple (o subsidiaria) Solidaria

Con beneficios de excusión y división. Sin beneficios; acreedor puede reclamar directamente al fiador (art. 1822.2 CC).

Por su extensión

Determinada Indefinida o general

Limitada a una deuda concreta. Cubre obligaciones presentes y futuras (jurisprudencia restrictiva).

Por el número de fiadores

Individual Cofiadores (pluralidad)

Un solo fiador. Varios fiadores (beneficio de división si no solidaria).

Otras figuras afines: subfianza (fianza de un fiador), aval (típico en ámbito mercantil, más abstracto).

Constitución

Efectos

1. Entre acreedor y fiador (arts. 1828-1837 CC)

2. Entre fiador y deudor (arts. 1838-1845 CC)

3. Entre cofiadores (arts. 1838-1845 CC)

Extinción

La fianza se extingue por las mismas causas que cualquier obligación (art. 1847 CC: pago, novación, compensación, etc.), más causas específicas:

La regulación se mantiene vigente sin reformas sustanciales al núcleo del Código Civil en 2025; cambios recientes afectan más a fianzas en arrendamientos (LAU y Ley de Vivienda).

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