1.- La prenda:
a) solo puede asegurar obligaciones puras.
b) otorga un derecho de retención de la cosa en favor del acreedor hasta que se
paga su crédito, sin posibilidad de que aquél se prorrogue.
c) no surtirá efecto contra tercero si no consta por instrumento público la
certeza de la fecha.
d) puede constituirse sobre una cosa que pertenezca en propiedad a persona
distinta del que la empeña.
2.- En el Registro de la Propiedad son inscribibles, entre otros:
a) los contratos en los que se adjudiquen bienes inmuebles excepto que lo sean
con la obligación de transmitirlos a tercero.
b) los contratos en los que se adjudiquen bienes inmuebles excepto que lo sean
con la obligación de invertir su importe en cualquier
otro bien.
c) los contratos en los que se adjudiquen bienes inmuebles excepto que lo sean
con la obligación de invertir su importe en objeto
determinado.
d) los contratos en los que se adjudiquen bienes inmuebles, aunque sea con la
obligación de transmitirlos a otro o de invertir su importe
en objeto determinado.
3.- A los efectos de prescripción adquisitiva en favor del titular inscrito
se presumirá que éste ha poseído pública, pacífica, ininterrumpidamente y de
buena fe:
a) únicamente durante el tiempo de vigencia del asiento en el que figure como
titular.
b) durante el tiempo de vigencia del asiento de sus antecesores de quienes
traiga causa, exclusivamente.
c) durante el tiempo de vigencia del asiento de todos sus antecesores, aunque no
traiga causa de ellos.
d) durante el tiempo de vigencia del asiento y de los de sus antecesores de
quienes traiga causa.
4.- Los intereses:
a) constituirán la indemnización de daños y perjuicios y serán los legales
cuando la obligación consista en el pago de una cantidad de
dinero y el deudor incurra en mora, aunque el contrato haya previsto otros
intereses distintos.
b) son compatibles con la exigencia de cumplimiento de una obligación recíproca
incumplida.
c) continuarán debiéndose por el deudor, aunque el acreedor haya recibido el
capital sin hacer reserva alguna al respecto.
d) los vencidos devengan el interés legal desde que se reclaman judicialmente,
siendo necesario que así se haya previsto en el contrato.
5.- Las obligaciones solidarias producen los siguientes efectos:
a) el acreedor debe dirigirse contra todos los deudores solidarios
simultáneamente.
b) si la prestación resulta imposible por culpa de uno de los deudores
solidarios, la obligación quedará extinguida para el resto.
c) el pago de la deuda hecho por uno de los deudores solidarios extingue la
obligación.
d) las acciones ejercitadas por el acreedor contra uno de los deudores
solidarios únicamente perjudicarán a este último.
6.- ¿Es preciso que el acreedor y el deudor tengan conocimiento de la
compensación para que surta efecto extintivo de las recíprocas deudas en la
cantidad correspondiente?
a) Si, acreedor y deudor deben tener conocimiento de ella.
b) Solo es preciso que la conozca el acreedor.
c) No es preciso que tengan conocimiento de ella ninguno de los dos.
d) Solo es preciso que la conozca el deudor.
7.- ¿Cuáles son los daños y perjuicios de los que responde el deudor de buena
fe?
a) Los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de constituirse la
obligación y que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento.
b) De todos lo que conocidamente se deriven de la falta de cumplimiento de la
obligación.
c) Únicamente de los previstos o que se hayan podido prever al tiempo de
constituirse la obligación, aunque no sean consecuencia necesaria de su falta de
cumplimiento.
d) Los que sean consecuencia necesaria de su falta de cumplimiento, aunque no se
hubieran previsto o podido prever al tiempo de constituirse la obligación.
8.- Contra la utilización de condiciones generales que resulten contrarias a
lo dispuesto en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación o en otras
leyes imperativas o prohibitivas, cabe interponer:
a) únicamente la acción colectiva de cesación, que es siempre imprescriptible.
b) únicamente la acción colectiva declarativa, que es siempre imprescriptible.
c) la acción colectiva de retractación que, con carácter general, es
imprescriptible.
d) la acción colectiva de cesación que, con carácter general, es
imprescriptible, acumulada, en su caso, a la de devolución de cantidades
cobradas en virtud de dichas condiciones y a la de indemnización de daños y
perjuicios que hubiere causado su aplicación.
9.- La acción de nulidad por vicios del contrato se extingue en el supuesto
de pérdida de la cosa que constituyó su objeto cuando:
a) se hubiese perdido por dolo o culpa del que pudiera ejercitarla.
b) se hubiese perdido por fuerza mayor.
c) se hubiese perdido por dolo o culpa de cualquiera de las partes del contrato.
d) se hubiese perdido por cualquier causa imputable al que pudiera ejercitarla.
10.- Ejercido válidamente el derecho de desistimiento por un consumidor y
usuario:
a) las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones y cualquiera
de los contratantes podrá compeler al otro a cumplir lo que le incumba, aunque
quien reclame no haya realizado la devolución de aquello a lo que esté obligado.
b) el consumidor y usuario tendrá derecho a que el otro contratante le reembolse
los gastos útiles que hubiera realizado en el bien.
c) el profesional o empresario tendrá derecho a reclamar al consumidor y usuario
la cantidad que proceda por el uso del servicio que se hubiere prestado hasta
que se ejercitó válidamente el desistimiento.
d) las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones, sin frutos ni
intereses.