autor.: Opositor/ra
Remitido el 24-07-23 a las 08:43:51 :: 657 lecturas
Buenos dÃas,
Me surge una duda. En el ayuntamiento en el que trabajo se aprobó una Instrucción sobre la regulación/gestión de las bolsas, aprobado por decreto de alcaldÃa previa aprobación en comisión paritaria con los sindicatos. Como suele pasar, en algunas administraciones, y en concreto en la que yo presto mis servicios, las instrucciones están para cumplirlas…. o no… depende de la persona a la que les toque llamar en cada momento.
La cuestión es que por resolución del concejal de recursos humanos, o decreto de alcaldÃa, se van a llamar a ciertas personas, prescindiendo totalmente de lo establecido en la instrucción.
Los compañeros que nos vemos perjudicados, estamos pensando en denunciarlo.
La instrucción no es un reglamento, es un decreto, y mi pregunta es si hay algo parecido a lo establecido en el artÃculo 37 de la LPAC de inderogabilidad singular, a lo que podamos acogernos para evitar este tipo de injusticias, ya que la instrucción es de aplicación general, y el decreto de nombramiento de una persona de la bolsa es de carácter particular
Muchas gracias
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