Título: Comentarios sobre Test Personal Auxiliar de Servicios de la Comunidad de Madrid. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promo
Autor: Invitad@
Fecha: 23-12-23 16:44:42
SÃ, las personas LGBTI pueden presentarse a unas oposiciones. En España, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, prohÃbe la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género en el acceso al empleo público.
Por lo tanto, las personas LGBTI tienen los mismos derechos que las personas heterosexuales para presentarse a unas oposiciones. No pueden ser discriminadas por su orientación sexual o identidad de género en ningún momento del proceso selectivo, desde la publicación de la convocatoria hasta la toma de posesión.
Si una persona LGBTI cree que ha sido discriminada en un proceso selectivo, puede presentar una reclamación ante el órgano convocante de la oposición. También puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o ante el Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma.
En la práctica, es muy raro que se produzcan casos de discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género en las oposiciones. Sin embargo, es importante que las personas LGBTI conozcan sus derechos y que estén preparadas para denunciar cualquier tipo de discriminación.
En el caso concreto de la oposición a camarero limpiador de la Xunta de Galicia, la convocatoria de 2023 establece que "no podrán participar en la selección las personas que estén incursas en alguna de las causas de exclusión previstas en el artÃculo 14 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, o en cualquier otra causa de exclusión legalmente establecida".
El artÃculo 14 de la Ley 3/2007 establece que están incursas en una causa de exclusión las personas que hayan sido condenadas por sentencia firme por un delito doloso. Sin embargo, no incluye la orientación sexual o la identidad de género como causas de exclusión.
Por lo tanto, una persona LGBTI no puede ser excluida de la oposición a camarero limpiador de la Xunta de Galicia por su orientación sexual o identidad de género.
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