titulo.: Caso practico consulado español en francia
autor.: Invitad@
Remitido el 25-09-2023 a las 10:05:51
Dentro del marco general y respetando los principios del EBEP podemos decir que sí, siempre claro que se trate de personal laboral temporal. ÇEÇ incluso tengo que decirte que hay casos en los cuales la contratación de este personal recae sobre personas que no tienen la nacionalidad española Un abrazo amigo
|