No, el amigo de MarÃa Luisa no está en lo cierto. La condición de persona fÃsica no exime del IAE a quien ejerza una actividad económica como la peluquerÃa. El IAE es un tributo de carácter local que grava el ejercicio de actividades económicas en territorio español.
El epÃgrafe del IAE correspondiente a la actividad de peluquerÃa es el 972.1 "Servicios de peluquerÃa de señora y caballero".
La cuota del IAE se calcula en función de la superficie del local, el número de empleados y otros factores.
Para obtener más información sobre el IAE, MarÃa Luisa puede dirigirse al Ayuntamiento de su municipio o consultar la página web de la Agencia Tributaria.
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